A/RES/60/30 23. Señala que los Estados partes en un acuerdo internacional relacionado con los fines de la Convención pueden someter, entre otros, al Tribunal o a la Corte Internacional de Justicia toda controversia relativa a la interpretación o la aplicación de dicho acuerdo que se presente de conformidad con el acuerdo, y señala también la posibilidad, prevista en los estatutos del Tribunal y de la Corte, de someter las controversias a una sala; 24. Rinde homenaje a la Corte Internacional de Justicia por la importante función que cumple desde hace tiempo en la solución pacífica de controversias relacionadas con el derecho del mar; 25. Alienta a los Estados partes en la Convención que todavía no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de formular una declaración escrita en que elijan uno o varios de los medios señalados en el artículo 287 de la Convención para la solución de las controversias relativas a la interpretación o la aplicación de la Convención y el Acuerdo; V La Zona 26. Observa con satisfacción los avances registrados en el examen de las cuestiones relativas al reglamento para la prospección y exploración de los sulfuros polimetálicos y las cortezas de ferromanganeso ricas en cobalto en la Zona, y reitera la importancia del proceso de elaboración de normas, reglamentos y procedimientos que está llevando a cabo la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (“la Autoridad”), de conformidad con el artículo 145 de la Convención, a fin de asegurar la protección eficaz del medio marino, la protección y conservación de los recursos naturales de la Zona y la prevención de los efectos perjudiciales que sobre su flora y fauna puedan tener las actividades que se realicen en la Zona; 27. Toma nota de la decisión del Consejo de la Autoridad 13 de aprobar el plan de trabajo para la exploración de nódulos polimetálicos que ha presentado un nuevo contratista, lo cual constituye un paso importante para la utilización de los recursos de la Zona; 28. Toma nota también de la importancia de las funciones encomendadas a la Autoridad en virtud de los artículos 143 y 145 de la Convención, que se refieren a la investigación científica marina y a la protección del medio marino respectivamente; VI Funcionamiento efectivo de la Autoridad y del Tribunal 29. Hace un llamamiento a todos los Estados partes en la Convención para que paguen puntualmente y en su totalidad las cuotas que les corresponden para financiar la Autoridad y el Tribunal; 30. Alienta a todos los Estados partes en la Convención a que asistan a los períodos de sesiones de la Autoridad y exhorta a la Autoridad a que estudie todas las posibilidades, incluida la cuestión de las fechas, de mejorar la asistencia en Kingston y lograr la participación mundial; _______________ 13 ISBA/11/C/10. 7

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