A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/49/133
14 de febrero de 1995
Cuadragésimo noveno período de sesiones
Tema 12 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/49/726)]
49/133.
Informe del Comité de Planificación del
Desarrollo: examen general de la lista de
países menos adelantados
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 45/206, de 21 de diciembre de 1990, y
46/206, de 20 de diciembre de 1991,
Tomando nota de la decisión 1994/225 del Consejo Económico y Social, de
14 de julio de 1994, relativa al informe del Comité de Planificación del
Desarrollo sobre su 29º período de sesiones 1/, en virtud de la cual el
Consejo decidió transmitir las recomendaciones contenidas en la sección B del
capítulo V de ese informe a la Asamblea General en su cuadragésimo noveno
período de sesiones para su aprobación,
Observando con preocupación el aumento del número de países menos
adelantados, sobre todo en África, y subrayando la importancia de crear un
entorno económico internacional propicio para el crecimiento y el desarrollo
de los países en desarrollo, en particular los menos adelantados,
Reconociendo que la decisión de incluir a un país en el grupo de los
menos adelantados debería adoptarse con el debido consentimiento del país
interesado,
1/
Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1994,
Suplemento No. 2 (E/1994/22).
95-76618
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