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asociación. A este respecto, parece ser que el Foro de Reunión de Marinos de
Indonesia —el principal sindicato de pescadores migrantes en el sector de la pesca en
aguas distantes de la República Popular China— sufrió injerencias arbitrarias por
parte de un armador de la República Popular China, tras lo cual no obtuvo una
respuesta oportuna del Gobierno 116 . En Bahrein, aunque el Sindicato General de
Trabajadores Domésticos se creó en junio de 2023, se produjeron grandes retrasos en
la finalización de la inscripción 117 . Además, en el Senegal y Uzbekistán se debe
obtener la autorización o aprobación del Gobierno para que las organizaciones de
trabajadores puedan constituirse y llevar a cabo sus actividades 118, y en Trinidad y
Tabago se imponen sanciones por sindicarse o afiliarse a una organización que no esté
oficialmente reconocida conforme a la Ley de Sindicatos 119.
33. Una cuestión conexa es que los trabajadores de algunas partes del mundo solo
pueden afiliarse a órganos creados por el Estado, lo que socava considerablemente la
independencia de estas organizaciones. En Asia Central, a pesar de que Turkmenistán
ratificó los Convenios de la OIT núms. 87 y 98, al parecer no existe el derecho a crear
organizaciones independientes en el país 120, lo que limita la capacidad de hacer frente
al trabajo forzoso impuesto por el Estado 121. En el Yemen, la Ley de Sindicatos se
refiere expresamente a la Federación General de Sindicatos, de manera que resulta
imposible crear otras federaciones 122. Del mismo modo, la Federación Panchina de
Sindicatos es la única organización de trabajadores autorizada en China 123, y parece
ser que el Gobierno de Cuba prohíbe la creación de entidades independientes y que
los trabajadores se ven obligados a afiliarse al sindicato oficial del país, la Central de
Trabajadores de Cuba 124.
34. Los trabajadores y las organizaciones de trabajadores también se enfrentan a
obstáculos para ejercer la negociación colectiva y el derecho de huelga. En Tayikistán,
el artículo 323 2) del Código del Trabajo exige una mayoría de dos tercios para
convocar una huelga, lo que puede impedir que los trabajadores convoquen una, ya
que puede resultar difícil de alcanzar este quorum 125. Existe una ley similar en el
Reino Unido, donde al menos el 50 % de los miembros de sindicatos deben votar a
favor de la acción sindical 126, y iimbabwe impone un complicado procedimiento para
declarar una huelga, con la amenaza de sanciones en caso de incumplimiento 127 .
También se observaron limitaciones a la negociación colectiva y al derecho de huelga
en Camboya, Irlanda y la República de Corea, así como en Hong Kong (China) 128.
Además, en Angola, Albania, Azerbaiyán, Benin, Burkina Faso, Chequia, Costa Rica,
El Salvador y Etiopía se ha denunciado la imposición de prohibiciones demasiado
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Contribución de Global Labour Justice.
Contribución de la Coalition on Labor Justice for Migrants in the Gulf.
E/C.12/SEN/CO/3, párrs. 22 y 23; y E/C.12/UZB/CO/3, párr. 34.
Contribución de Trinidad y Tabago.
Contribución de Cotton Campaign; y observación de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios
y Recomendaciones sobre la aplicación del Convenio núm. 87 por parte de Turkmenistán, adoptada en
2022 y publicada en la 111ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo (2023), que puede
consultarse en la base de datos NORMLEX.
CCPR/C/TKM/CO/3, párr. 32; CEDAW/C/TKM/CO/6, párr. 41; y AL TKM 2/2021.
Arts. 2, 20 y 21; y E/C.12/YEM/CO/3, párr. 39.
E/C.12/CHN/CO/3, párr. 55.
Observación de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones sobre la
aplicación del Convenio núm. 87 por parte de Cuba, adoptada en 2023 y publicada en la 112ª reunión de la
Conferencia Internacional del Trabajo (2024), que puede consultarse en la base de datos NORMLEX.
E/C.12/TJK/CO/4, párr. 40.
Ley de Sindicatos de 2016.
https://survey.ituc-csi.org/Zimbabwe.html?lang=es#tabs-2; y contribución del Zimbabwe Congress of
Trade Unions.
Contribución de la Federación Internacional de Trabajadores del Hogar; E/C.12/KHM/CO/2, párr. 30;
CCPR/C/CHN-HKG/CO/4, párr. 49; CCPR/C/KOR/CO/5, párr. 57; y E/C.12/IRL/CO/4, párr. 32.
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