A/RES/56/262 Naciones Unidas Distr. general 9 de abril de 2002 Asamblea General Quincuagésimo sexto período de sesiones Tema 32 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/56/L.44/Rev.2 y Corr. 1)] 256/262. Multilingüismo La Asamblea General, Reconociendo que las Naciones Unidas propugnan el multilingüismo como un medio de promover, proteger y preservar la diversidad de idiomas y culturas en todo el mundo, Reconociendo también que un multilingüismo auténtico promueve la unidad en la diversidad y la concordia internacional, Recordando su resolución 47/135, de 18 de diciembre de 1992, en la que aprobó la Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos1, en particular su artículo 27, relativo a los derechos de las personas pertenecientes a minorías étnicas, religiosas o lingüísticas, Recordando también sus resoluciones 2 (I), de 1° de febrero de 1946, 2480 B (XXIII), de 21 de diciembre de 1968, 50/11, de 2 de noviembre de 1995, 52/23, de 25 de noviembre de 1997, 54/64, de 6 de diciembre de 1999, 55/258, de 14 de junio de 2001, y 56/64 B y 56/242, de 24 de diciembre de 2001, I 1. Toma nota del informe del Secretario General 2, y recuerda las medidas que se sugieren en él; 2. Toma nota también de que se ha designado un coordinador de cuestiones relativas al multilingüismo; 3. Observa con satisfacción que la Secretaría alienta a los funcionarios a que, en las reuniones oficiales con interpretación, utilicen cualquiera de los seis idiomas oficiales que dominen; 4. Subraya que la contratación de funcionarios se seguirá realizando estrictamente de conformidad con el Artículo 101 de la Carta de las Naciones _______________ 1 2 01 49763 Véase resolución 2200 A (XXI), anexo. A/56/656.

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents