A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/48/150
31 de enero de 1994
Cuadragésimo octavo período de sesiones
Tema 114 c) del programa
RESOLUCION APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/48/632/Add.3)]
48/150.
Situación de los derechos humanos en Myanmar
La Asamblea General,
Reafirmando que todos los Estados Miembros tienen la obligación de
promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales
enunciados en la Carta de las Naciones Unidas y detallados en la Declaración
Universal de Derechos Humanos 1/, en los Pactos internacionales de derechos
humanos 2/ y en otros instrumentos de derechos humanos aplicables,
Consciente de que, de conformidad con la Carta, la Organización promueve
y estimula el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales
de todos y de que en la Declaración Universal de Derechos Humanos se estipula
que "la voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público",
Recordando su resolución 47/144, de 18 de diciembre de 1992,
Recordando también la resolución 1992/58 de la Comisión de Derechos
Humanos, de 3 de marzo de 1992 3/, en la que la Comisión, entre otras cosas,
decidió nombrar un relator especial con objeto de que estableciese contactos
directos con el Gobierno y el pueblo de Myanmar, comprendidos los dirigentes
políticos privados de libertad, sus familias y sus abogados, a fin de examinar
____________
1/
Resolución 217 A (III).
2/
Resolución 2200 A (XXI), anexo.
3/
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1992,
Suplemento No. 2 (E/1992/22), cap. II, secc. A.
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