A/RES/48/150
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3.
Exhorta una vez más al Gobierno de Myanmar a que, de conformidad
con las seguridades que ha dado en diversas ocasiones, adopte todas las
medidas necesarias para el restablecimiento de la democracia con arreglo a la
voluntad del pueblo, expresada en las elecciones democráticas celebradas en
1990, y a que procure que los partidos políticos puedan funcionar con
libertad;
4.
Toma nota con preocupación de la observación del Relator Especial
con respecto a la Convención Nacional, en el sentido de que no se han hecho
progresos evidentes en la entrega del poder al Gobierno civil libremente
elegido 7/;
5.
Toma nota asimismo con preocupación a ese respecto de que la
mayoría de los representantes debidamente elegidos en 1990 han sido excluidos
de participar en las reuniones de la Convención Nacional, creada con objeto de
preparar los elementos básicos para redactar una nueva constitución, y que uno
de los objetivos de la Convención Nacional es mantener la participación de las
fuerzas armadas en un papel de liderazgo en la vida política futura del
Estado;
6.
Exhorta encarecidamente al Gobierno de Myanmar a que adopte todas
las medidas apropiadas para permitir que todos los ciudadanos participen
libremente en el proceso político, de conformidad con los principios de la
Declaración Universal de Derechos Humanos, y a que acelere el proceso de
transición a la democracia, en particular mediante la transferencia del poder
a los representantes elegidos democráticamente;
7.
Insta al Gobierno de Myanmar a que garantice el pleno respeto de
los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluidas la libertad de
expresión y de reunión, y la protección de los derechos de las personas que
pertenecen a las minorías étnicas y religiosas, y a que ponga fin a las
violaciones del derecho a la vida y la integridad del ser humano, a las
prácticas de tortura, maltrato de mujeres, trabajo forzado, desapariciones por
la fuerza y ejecuciones sumarias;
8.
Hace un llamamiento al Gobierno de Myanmar para que considere la
posibilidad de ser parte en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos 2/ y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales 2/ así como en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o
Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 8/;
9.
Subraya la importancia de que los organismos humanitarios
internacionales tengan acceso libre y confidencial a los presos;
10.
Lamenta las severas condenas impuestas recientemente a varios
disidentes, incluidas personas que expresaban su desacuerdo con respecto a los
procedimientos de la Convención Nacional;
11.
Lamenta también que, pese a que algunos presos políticos han sido
liberados, muchos dirigentes políticos sigan privados de libertad y de sus
derechos fundamentales;
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7/
Ibíd., secc. V, párr. 49.
8/
Resolución 39/46, anexo.
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