A/HRC/RES/56/11 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 12 de julio de 2024 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 56º período de sesiones 18 de junio a 12 de julio de 2024 Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 11 de julio de 2024 56/11. Gestión de la higiene menstrual, derechos humanos e igualdad de género El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Recordando que la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares incluyen garantías para asegurar el pleno disfrute de los derechos humanos por las mujeres y los hombres y las niñas y los niños, en condiciones de igualdad, Reafirmando la resolución 70/1 de la Asamblea General, de 25 de septiembre de 2015, titulada “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, en la que la Asamblea aprobó un amplio conjunto de objetivos y metas universales y transformativos, de gran alcance y centrados en las personas, y reafirmando también el compromiso de no dejar a nadie atrás, Recordando la resolución 78/206 de la Asamblea General, de 19 de diciembre de 2023, en la que la Asamblea exhortó a los Estados a que velaran por el acceso a servicios asequibles de agua potable y saneamiento e higiene adecuados y equitativos para todas las mujeres y las niñas, así como servicios para la gestión de la higiene menstrual, incluidos servicios e instalaciones de higiene en los espacios públicos y privados, Recordando también la resolución 71/222 de la Asamblea General, de 21 de diciembre de 2016, en la que la Asamblea proclamó el período comprendido entre 2018 y 2028 Decenio Internacional para la Acción “Agua para el Desarrollo Sostenible”, Recordando además la resolución 74/141 de la Asamblea General, de 18 de diciembre de 2019, en la que la Asamblea expresó su profunda preocupación por el hecho de que la falta de acceso a servicios adecuados de abastecimiento de agua y saneamiento, incluida la gestión de la higiene menstrual, en particular en las escuelas, los lugares de trabajo, los centros de salud y los establecimientos públicos, imposibilitaban la igualdad entre los GE.24-12812 (S) 190724 220724

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