A/HRC/RES/56/11
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
12 de julio de 2024
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
56º período de sesiones
18 de junio a 12 de julio de 2024
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 11 de julio de 2024
56/11.
Gestión de la higiene menstrual, derechos humanos
e igualdad de género
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
Recordando que la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas
de Discriminación contra la Mujer, la Convención Internacional sobre la Eliminación de
Todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención
Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y
de Sus Familiares incluyen garantías para asegurar el pleno disfrute de los derechos humanos
por las mujeres y los hombres y las niñas y los niños, en condiciones de igualdad,
Reafirmando la resolución 70/1 de la Asamblea General, de 25 de septiembre de 2015,
titulada “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, en la
que la Asamblea aprobó un amplio conjunto de objetivos y metas universales y
transformativos, de gran alcance y centrados en las personas, y reafirmando también el
compromiso de no dejar a nadie atrás,
Recordando la resolución 78/206 de la Asamblea General, de 19 de diciembre
de 2023, en la que la Asamblea exhortó a los Estados a que velaran por el acceso a servicios
asequibles de agua potable y saneamiento e higiene adecuados y equitativos para todas las
mujeres y las niñas, así como servicios para la gestión de la higiene menstrual, incluidos
servicios e instalaciones de higiene en los espacios públicos y privados,
Recordando también la resolución 71/222 de la Asamblea General, de 21 de diciembre
de 2016, en la que la Asamblea proclamó el período comprendido entre 2018 y 2028 Decenio
Internacional para la Acción “Agua para el Desarrollo Sostenible”,
Recordando además la resolución 74/141 de la Asamblea General, de 18 de diciembre
de 2019, en la que la Asamblea expresó su profunda preocupación por el hecho de que la
falta de acceso a servicios adecuados de abastecimiento de agua y saneamiento, incluida la
gestión de la higiene menstrual, en particular en las escuelas, los lugares de trabajo, los
centros de salud y los establecimientos públicos, imposibilitaban la igualdad entre los
GE.24-12812 (S)
190724
220724