A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/52/37
23 de diciembre 1997
Quincuagésimo segundo período de sesiones
Tema 70 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/52/599)]
52/37.
Prevención de una carrera de armamentos en el espacio ultraterrestre
La Asamblea General,
Reconociendo el interés común de toda la humanidad en la exploración y utilización del espacio
ultraterrestre con fines pacíficos,
Reafirmando la determinación de todos los Estados de que la exploración y utilización del espacio
ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, tengan fines pacíficos y se realicen en beneficio
e interés de todos los países, independientemente de su grado de desarrollo económico o científico,
Reafirmando también las disposiciones de los artículos III y IV del Tratado sobre los principios que
deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso
la Luna y otros cuerpos celestes1,
Recordando la obligación de todos los Estados de observar las disposiciones de la Carta de las
Naciones Unidas en lo que respecta a la amenaza o al uso de la fuerza en sus relaciones internacionales,
incluso en sus actividades espaciales,
Reafirmando el párrafo 80 del Documento Final del décimo período extraordinario de sesiones de la
Asamblea General2, en el que se declara que, para evitar una carrera de armamentos en el espacio
ultraterrestre, deberían adoptarse nuevas medidas y celebrarse negociaciones internacionales apropiadas
en consonancia con el espíritu del Tratado,
Recordando sus resoluciones anteriores sobre esta cuestión y tomando nota de las propuestas
presentadas a la Asamblea General en su décimo período extraordinario de sesiones y en sus períodos
1
Resolución 2222 (XXI), anexo.
2
Resolución S-10/2.
97-77722
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