A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/52/87
2 de febrero de 1998
Quincuagésimo segundo período de sesiones
Tema 103 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/52/635 y Corr.1)]
52/87.
Cooperación internacional contra la corrupción y el soborno en las
transacciones comerciales internacionales
La Asamblea General,
Perturbada por el soborno de funcionarios públicos por particulares y empresas de otros Estados en
relación con transacciones comerciales internacionales,
Convencida de que esas prácticas menoscaban la integridad de las administraciones estatales y
debilitan las políticas sociales y económicas al promover la corrupción del sector público, lo que
disminuye su credibilidad,
Convencida también de que se debe apoyar la lucha contra la corrupción mediante un auténtico
esfuerzo de cooperación internacional,
Recordando su resolución 3514 (XXX), de 15 de diciembre de 1975, en la que, entre otras cosas,
condenó todas las prácticas corruptas, incluido el soborno, por empresas transnacionales y otras empresas,
por sus intermediarios y otros implicados en tales prácticas, en violación de las leyes y los reglamentos
de los países donde están instaladas; reafirmó el derecho de todo Estado a adoptar disposiciones
legislativas y a efectuar investigaciones y adoptar las medidas jurídicas oportunas, de conformidad con
sus leyes y reglamentos nacionales, contra dichas prácticas corruptas, y exhortó a todos los gobiernos a
que cooperaran para impedir las prácticas corruptas, incluido el soborno,
98-76468
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