A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/49/132 24 de febrero de 1995 Cuadragésimo noveno período de sesiones Tema 12 del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/49/726)] 49/132. Consecuencias económicas y sociales de los asentamientos israelíes para el pueblo palestino del territorio palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén, y para la población árabe del Golán sirio La Asamblea General, Recordando la resolución 1994/45 del Consejo Económico y Social, de 29 de julio de 1994, Reafirmando el principio de la soberanía permanente de los pueblos bajo ocupación extranjera sobre sus recursos nacionales, Guiándose por los principios de la Carta de las Naciones Unidas, afirmando la inadmisibilidad de la adquisición de territorio por la fuerza y recordando las resoluciones del Consejo de Seguridad 242 (1967), de 22 de noviembre de 1967, y 497 (1981), de 17 de diciembre de 1981, Recordando la resolución 465 (1980) del Consejo de Seguridad, de 1º de marzo de 1980, y otras resoluciones en las que se afirma que el Convenio de Ginebra relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra, de 12 de agosto de 1949 1/, es aplicable al territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén, y a otros territorios árabes ocupados por Israel desde 1967, Recordando también la resolución 904 (1994) del Consejo de Seguridad, de 18 de marzo de 1994, en la que, entre otras cosas, el Consejo exhortó a 1/ 95-76612 Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 75, No. 973. /...

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