A/RES/72/154
La niña
Observando la aprobación de la Ley Modelo de la Comunidad de África
Meridional para el Desarrollo sobre la erradicación del matrimonio infantil y la
protección de los niños que ya lo han contraído,
Reafirmando todos los documentos finales pertinentes de las grandes cumbres
y conferencias de las Naciones Unidas relativos a la niña, en particular el documento
final del vigésimo séptimo período extraordinario de sesiones de la Asamblea General
sobre la infancia, titulado “Un mundo apropiado para los niños” 7, la Declaración 8 y
la Plataforma de Acción 9 de Beijing, el documento final del vigésimo tercer período
extraordinario de sesiones de la Asamblea General, titulado “La mujer en el año 2000:
igualdad entre los géneros, desarrollo y paz para el siglo XXI” 10, el Programa de
Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo 11, el
Programa de Acción de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social 12, la Declaración
de Compromiso en la Lucha contra el VIH/SIDA aprobada en el vigésimo sexto
período extraordinario de sesiones de la Asamblea General sobre el VIH/SIDA,
titulada “Crisis Mundial–Acción Mundial” 13, y las declaraciones políticas sobre el
VIH y el SIDA aprobadas en las reuniones de alto nivel de la Asamblea General que
tuvieron lugar en 2006 14, 2011 15y 2016 16, y reiterando que su aplicación plena y
efectiva es esencial para lograr los objetivos de desarrollo convenidos
internacionalmente, incluidos los Objetivos de Desarrollo Sostenible,
Reconociendo que la pobreza crónica sigue siendo uno de los principales
obstáculos para satisfacer las necesidades y promover y proteger los derechos del
niño, en particular la niña, y que las niñas que viven en la pobreza t ienen más
probabilidades de contraer matrimonio en la niñez o trabajar para aliviar dificultades
familiares, y que a menudo ponen fin a su educación y sufren otras consecuencias
nocivas, lo que limita aún más sus oportunidades y las deja sumidas en la pobr eza, y
reconociendo también que la erradicación de la pobreza debe seguir siendo una alta
prioridad para la comunidad internacional,
Reconociendo también que es preciso adoptar medidas urgentes a nivel nacional
e internacional para eliminar la pobreza, incluida la pobreza extrema, y observando
que los hogares sufren directamente los efectos de las crisis financiera y económica
mundiales, la inestabilidad de los precios de la energía y los alimentos, y la continua
inseguridad alimentaria resultante de diversos factores,
Reconociendo además que la protección social, la educación, la atención médica
adecuada, la nutrición, el acceso sin restricciones a agua limpia, en particular a agua
potable, el saneamiento y la higiene, el desarrollo de aptitudes y la lu cha contra la
discriminación y la violencia para con las niñas, entre otras cosas, son todos factores
necesarios para el empoderamiento de la niña, y recordando la importancia de
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Resolución S-27/2, anexo.
Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre
de 1995 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1,
anexo I.
Ibid., anexo II.
Resolución S-23/2, anexo, y resolución S-23/3, anexo.
Informe de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, El Cairo, 5 a 13 de
septiembre de 1994 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.95.XIII.18), cap. I,
resolución 1, anexo.
Informe de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, Copenhague, 6 a 12 de marzo de 1995
(publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.96.IV.8), cap. I, resolución 1, anexo II.
Resolución S-26/2, anexo.
Resolución 60/262, anexo.
Resolución 65/277, anexo.
Resolución 70/266, anexo.
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