A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/51/75 12 de febrero de 1997 Quincuagésimo primer período de sesiones Tema 105 del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/51/614)] 51/75. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados La Asamblea General, Habiendo examinado el informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados sobre las actividades de su Oficina1, así como el informe del Comité Ejecutivo del Programa del Alto Comisionado sobre la labor realizada en su 47º período de sesiones2, Recordando su resolución 50/152, de 21 de diciembre de 1995, Reafirmando la importancia fundamental de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 19513, y el Protocolo de 19674, y en particular de que se apliquen de manera plenamente compatible con sus finalidades y propósitos, y tomando nota con satisfacción de que ciento treinta y dos Estados son ahora partes en uno de esos instrumentos o en ambos, Encomiando a la Alta Comisionada y a su personal por la competencia, valor y dedicación con que cumplen su cometido, 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo primer período de sesiones, Suplemento No. 12 (A/51/12). 2 A/51/12/Add. 1; véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo primer período de sesiones, Suplemento No. 12A. 3 Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 189, No. 2545. 4 Ibíd., vol. 606, No. 8791. 97-76780 /...

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