A/RES/58/251
Naciones Unidas
Distr. general
11 de febrero de 2004
Asamblea General
Quincuagésimo octavo período de sesiones
Tema 126 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 23 de diciembre de 2003
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/58/576)]
58/251. Régimen común de las Naciones Unidas
La Asamblea General,
Habiendo examinado el informe de la Comisión de Administración Pública
Internacional correspondiente al año 2003 1 y la exposición presentada por el
Secretario General sobre las consecuencias administrativas y financieras de las
decisiones y recomendaciones que figuran en el informe de la Comisión 2,
Reafirmando su adhesión al concepto de un solo régimen común unificado de
las Naciones Unidas como la piedra angular en la regulación y coordinación de las
condiciones de servicio del régimen común de las Naciones Unidas,
Convencida de que el régimen común constituye el mejor instrumento para
conseguir personal con el más alto grado de eficiencia, competencia e integridad
para la administración pública internacional, según se estipula en la Carta de las
Naciones Unidas,
Reafirmando el estatuto de la Comisión y el papel central de ésta en la
regulación y coordinación de las condiciones de servicio del régimen común de las
Naciones Unidas,
Toma nota con aprecio de la labor de la Comisión de Administración Pública
Internacional, y toma nota de su informe correspondiente al año 20031;
I
Condiciones de servicio aplicables a ambos cuadros del personal
A.
Examen del régimen de remuneración y prestaciones
Recordando sus resoluciones 51/216, de 18 de diciembre de 1996, 52/216, de
22 de diciembre de 1997, 53/209, de 18 de diciembre de 1998, 55/223, de 23 de
diciembre de 2000, y 57/285, de 20 de diciembre de 2002,
_______________
1
Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo octavo período de sesiones, Suplemento
No. 30 (A/58/30).
2
A/58/378.
03 50961
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