Naciones Unidas Asamblea General A/RES/56/130 Distr. general 30 de enero de 2002 Quincuagésimo sexto período de sesiones Tema 112 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/56/576)] 56/130. Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer La Asamblea General, Recordando su resolución 39/125, de 14 de diciembre de 1984, en la que decidió hacer del Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer una entidad separada y de identidad propia en asociación autónoma con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, así como sus resoluciones 52/94, de 12 de diciembre de 1997, y 54/136, de 17 de diciembre de 1999, Recordando también la Plataforma de Acción aprobada por la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer 1, en la que se reconoce la función especial del Fondo en la promoción de la potenciación de la mujer y se lo exhorta a examinar y reforzar su programa de trabajo a la luz de la Plataforma de Acción centrándose en la habilitación de la mujer en las esferas política y económica, Observando con beneplácito las contribuciones que el Fondo ha hecho en apoyo de iniciativas de los Estados Miembros, organizaciones de las Naciones Unidas y organizaciones no gubernamentales para formular y realizar actividades que promueven la igualdad entre los géneros y la potenciación de la mujer, concentrándose en tres temas, a saber el aumento de la capacidad económica de la mujer, la incorporación de las consideraciones de género en la gestión de los asuntos públicos y las actividades de dirección, la promoción de los derechos humanos de la mujer y la eliminación de todas las formas de violencia contra la mujer, Recordando y reafirmando los compromisos contraídos desde 1990 en las conferencias mundiales y reuniones en la cumbre organizadas por las Naciones Unidas y en sus propios períodos extraordinarios de sesiones, así como en los correspondientes procesos de seguimiento, Observando la importancia de la labor del Comité Consultivo del Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer al impartir orientación normativa y para los programas, según se estipula en el anexo de la resolución 39/125, _______________ 1 Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexo II. 01 48306

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