A/RES/63/111
31. Señala que los Estados partes en un acuerdo internacional relacionado
con los fines de la Convención pueden someter, entre otros, al Tribunal o a la Corte
Internacional de Justicia toda controversia relativa a la interpretación o la aplicación
de dicho acuerdo que se les presente de conformidad con ese acuerdo, y señala
también la posibilidad, prevista en los estatutos del Tribunal y de la Corte, de
someter las controversias a una sala;
32. Alienta a los Estados partes en la Convención que todavía no lo hayan
hecho a que consideren la posibilidad de formular una declaración escrita en que
elijan uno o varios de los medios señalados en el artículo 287 de la Convención para
la solución de las controversias relativas a la interpretación o la aplicación de la
Convención y el Acuerdo relativo a la Parte XI, teniendo presente el carácter amplio
del mecanismo de solución de controversias previsto en la Parte XV de la
Convención;
V
La Zona
33. Observa los avances realizados por la Autoridad en sus deliberaciones,
alienta a que se ultime cuanto antes el reglamento sobre prospección y exploración
de sulfuros polimetálicos y se avance en la elaboración del reglamento sobre
prospección y exploración de costras de ferromanganeso con alto contenido de
cobalto en la Zona, y reitera la importancia del proceso de elaboración de normas,
reglamentos y procedimientos que está llevando a cabo la Autoridad, de
conformidad con el artículo 145 de la Convención, para asegurar la protección
eficaz del medio marino, con el fin, entre otros, de proteger y conservar los recursos
naturales de la Zona y prevenir los efectos perjudiciales que sobre la flora y fauna
del medio marino puedan tener las actividades que se realicen en la Zona;
34. Señala la importancia de las funciones encomendadas a la Autoridad en
virtud de los artículos 143 y 145 de la Convención, que se refieren a la investigación
científica marina y a la protección del medio marino, respectivamente;
VI
Funcionamiento efectivo de la Autoridad y del Tribunal
35. Hace un llamamiento a todos los Estados partes en la Convención para
que paguen puntualmente y en su totalidad las cuotas que se les han asignado para
financiar la Autoridad y el Tribunal, y hace un llamamiento también a los Estados
partes atrasados en el pago de sus cuotas para que cumplan sin demora sus
obligaciones;
36. Insta a todos los Estados partes en la Convención a que asistan a los
períodos de sesiones de la Autoridad y exhorta a la Autoridad a que aproveche todas
las posibilidades de mejorar la asistencia en Kingston y lograr la participación
mundial, incluida la posibilidad de hacer recomendaciones concretas acerca de la
cuestión de las fechas;
37. Exhorta a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la
posibilidad de ratificar el Acuerdo sobre los privilegios e inmunidades del Tribunal 16
15F
_______________
16
10
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2167, núm. 37925.