Educación para la paz
A/RES/80/266
Reconociendo también que, si bien las tecnologías digitales y las nuevas
tecnologías pueden crear nuevas formas de mejorar la educación y, por ejemplo, de
fomentar el aprendizaje y la enseñanza, también presentan nuevos riesgos y peligros
que hay que abordar, en particular la mayor vulnerabilidad al acoso escolar y al
ciberacoso,
Reconociendo además la importancia de la sociedad civil, incluidas las
organizaciones no gubernamentales, las organizaciones de mujeres, los jóvenes, el
mundo académico y el sector privado, para promover la educación para la paz,
1.
Subraya que la educación es fundamental para promover los valores de
una cultura de paz y no violencia;
2.
Reafirma el compromiso de los Estados Miembros, consagrado en la
Declaración sobre las Generaciones Futuras 9, de promover una educación de calidad
accesible, segura, inclusiva y equitativa para todos, que abarque la educación física y
el deporte, y de promover oportunidades de aprendizaje permanente, formación
técnica y profesional y alfabetización digital que faciliten la adquisición y la
transferencia intergeneracionales de conocimientos teóricos y prácticos para mejorar
las perspectivas de las generaciones futuras;
3.
Reafirma también el compromiso de ayudar a los países en desarrollo a
aumentar significativamente las inversiones de todas las fuentes en educación y
destrezas, especialmente la educación y las destrezas de la primera infancia y de las
niñas, para crear sistemas educativos inclusivos, accesibles y resilientes y
oportunidades de aprendizaje a lo largo de toda la vida que se adapten a las
necesidades actuales y futuras de la juventud y la infancia, mejorando los planes de
estudio y el desarrollo profesional del personal docente, aprovechando las tecnologías
digitales y ampliando el acceso a la formación técnica y profesional para ayudar a la
juventud a contribuir a la sociedad;
4.
Insta a las autoridades competentes a que ofrezcan en las escuelas una
educación apropiada para cada edad que fomente una cultura de paz y no violencia e
incluya lecciones sobre comprensión mutua, respeto, tolerancia, ciudadanía activa y
mundial y derechos humanos;
5.
Alienta a los Estados a que instituyan mecanismos para crear espacios de
aprendizaje inclusivos, seguros y equitativos, sin violencia contra las mujeres ni las
niñas, y a que eliminen los obstáculos que impiden alcanzar la igualdad de género en
la educación y a través de ella;
6.
Reconoce la necesidad de aprovechar los beneficios de las tecnologías
digitales para impartir educación de calidad que sea inclusiva y equitativa, así como
oportunidades de aprendizaje a lo largo de toda la vida, y, en ese sentido, reafirma el
compromiso de los Estados Miembros de promover la conectividad y las capacidades
y el contenido de aprendizaje en línea, haciendo frente al mismo tiempo a los retos
que puedan socavar la cohesión social y la paz;
7.
Alienta a los Estados Miembros a que, según proceda y teniendo en cuenta
las circunstancias nacionales, redoblen los esfuerzos, por medio de la educación, para
construir sociedades pacíficas, justas e inclusivas en pro del desarrollo sostenible,
facilitar el acceso a la justicia para todos, crear a todos los niveles instituciones
eficaces e inclusivas que rindan cuentas y defender los derechos humanos y las
libertades fundamentales;
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9
4/5
Resolución 79/1, anexo II.
26-07987
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