A/RES/69/156
Naciones Unidas
Distr. general
22 de enero de 2015
Asamblea General
Sexagésimo noveno período de sesiones
Tema 64 a) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2014
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/69/484)]
69/156. Matrimonio infantil, precoz y forzado
La Asamblea General,
Reafirmando su resolución 68/148, de 18 de diciembre de 2013, relativa al
matrimonio infantil, precoz y forzado,
Recordando sus resoluciones 66/140, de 19 de diciembre de 2011, y 68/146, de
18 de diciembre de 2013, relativas a la niña, y 67/144, de 20 de diciembre de 2012,
relativa a la intensificación de los esfuerzos para eliminar todas las formas de
violencia contra la mujer, así como la resolución 24/23 del Consejo de Derechos
Humanos, de 27 de septiembre de 2013, titulada “Intensificación de los esfuerzos
para prevenir y eliminar el matrimonio infantil, precoz y forzado: retos, logros,
mejores prácticas y deficiencias en la aplicación”1, y todas las resoluciones
anteriores relativas al matrimonio infantil, precoz y forzado,
Guiada por la Declaración Universal de Derechos Humanos2, el Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales3, y el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos3, así como por otros instrumentos de derechos humanos
pertinentes, incluidas la Convención sobre los Derechos del Niño4 y la Convención
sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer5, junto
con los Protocolos Facultativos correspondientes6,
Reafirmando la Declaración y el Programa de Acción de Viena7, así como el
Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el
_______________
1
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo octavo período de sesiones,
Suplemento núm. 53A (A/68/53/Add.1), cap. III.
2
Resolución 217 A (III).
3
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
4
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531.
5
Ibid., vol. 1249, núm. 20378.
6
Ibid., vols. 2171 y 2173, núm. 27531, y resolución 66/138, anexo; y Naciones Unidas, Treaty Series,
vol. 2131, núm. 20378.
7
A/CONF.157/24 (Part I), cap. III.
14-67600 (S)
*1467600*
Se ruega reciclar