S/RES/2382 (2017) c) Alentando la inclusión de las actividades policiales de las Naciones Unidas en las exposiciones informativas de los Representantes Especiales y Enviados Especiales del Secretario General y en los informes del Secretario General, cuando proceda; 11. Destaca la importancia de la implicación y el compromiso nacionales en la labor policial y de que, cuando proceda, se tengan en cuenta las deficiencias de la capacidad nacional en materia de actividades policiales, en la labor policial de las Naciones Unidas relacionada con la creación de capacidad y el desarrollo de las fuerzas policiales, incluida la integración de los componentes de policía de las Naciones Unidas, y durante la planificación, el reclutamiento, y la prestación de orientación y capacitación; 12. Acoge con beneplácito los esfuerzos de los Estados Miembros y la Secretaría por fortalecer la generación estratégica de agentes de policía de ambos sexos con conocimientos técnicos y de idiomas apropiados, a fin de transmitir información y proporcionar asistencia técnica en la forma más accesible al público deseado, en particular mediante la participación en las Cumbres de Jefes de Policía de las Naciones Unidas y en el Sistema de Disponibilidad de Capacidades de Mantenimiento de la Paz para el Despliegue Rápido, e insta a los países que aportan fuerzas de policía a que sigan aportando: a) Unidades de policía constituidas adecuadamente instruidas, equipadas y en funcionamiento, incluidas unidades de despliegue rápido; b) Agentes de policía y expertos civiles altamente cualificados con las competencias especializadas pertinentes; c) Equipos de policía especializados con el apoyo adecuado; d) Un aumento sustancial del número de agentes femeninas en las diferentes funciones, con el objetivo de duplicar su número para 2020, y el aumento de su representación en puestos de liderazgo, de conformidad con la resolución 2242 (2015) del Consejo de Seguridad y el objetivo mundial original de las Naciones Unidas de llegar a un 20% de policías femeninas antes de 2014; y e) Unidades de policía que hayan completado la capacitación previa al despliegue, con el apoyo de la Secretaría, cuando corresponda, dentro de los ámbitos de sus respectivas funciones, de modo que se pueda contar con los mecanismos pertinentes para evaluar a los Estados Miembros en cuanto a la preparación previa al despliegue; 13. Reitera la importancia del análisis de género en todas las actividades policiales y etapas de las misiones y la función de los Asesores de Género policiales y su solicitud al Secretario General de que aumente la coordinación entre los componentes de policía y los Asesores de Protección Infantil y de la Mujer y de Género; exhorta a la Secretaría de las Naciones Unidas a que colabore estrechamente con los Estados Miembros y ONU-Mujeres para superar los problemas sistémicos respecto de la elegibilidad de las agentes femeninas para las misiones de las Naciones Unidas, como los requisitos de ingreso, incluso mediante el establecimiento de medidas especiales, o prestando apoyo a las asociaciones de mujeres policías, y alienta a los Estados Miembros a presentar actualizaciones anuales sobre esas iniciativas y a intercambiar las buenas prácticas al respecto; 14. Hace notar los constantes esfuerzos del Secretario General por mejorar los resultados en el pilar de la paz y la seguridad y alienta a la Secretaría a evaluar las cuestiones relativas a las funciones, estructura y capacidad de la División de Policía, en consulta con los Estados Miembros; 17-19628 7/8

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