S/RES/2382 (2017)
c)
Alentando la inclusión de las actividades policiales de las Naciones
Unidas en las exposiciones informativas de los Representantes Especiales y
Enviados Especiales del Secretario General y en los informes del Secretario
General, cuando proceda;
11. Destaca la importancia de la implicación y el compromiso nacionales en
la labor policial y de que, cuando proceda, se tengan en cuenta las deficiencias de la
capacidad nacional en materia de actividades policiales, en la labor policial de las
Naciones Unidas relacionada con la creación de capacidad y el desarrollo de las
fuerzas policiales, incluida la integración de los componentes de policía de las
Naciones Unidas, y durante la planificación, el reclutamiento, y la prestación de
orientación y capacitación;
12. Acoge con beneplácito los esfuerzos de los Estados Miembros y la
Secretaría por fortalecer la generación estratégica de agentes de policía de ambos
sexos con conocimientos técnicos y de idiomas apropiados, a fin de transmitir
información y proporcionar asistencia técnica en la forma más accesible al público
deseado, en particular mediante la participación en las Cumbres de Jefes de Policía
de las Naciones Unidas y en el Sistema de Disponibilidad de Capacidades de
Mantenimiento de la Paz para el Despliegue Rápido, e insta a los países que aportan
fuerzas de policía a que sigan aportando:
a)
Unidades de policía constituidas adecuadamente instruidas, equipadas y
en funcionamiento, incluidas unidades de despliegue rápido;
b)
Agentes de policía y expertos civiles altamente cualificados con las
competencias especializadas pertinentes;
c)
Equipos de policía especializados con el apoyo adecuado;
d)
Un aumento sustancial del número de agentes femeninas en las diferentes
funciones, con el objetivo de duplicar su número para 2020, y el aumento de su
representación en puestos de liderazgo, de conformidad con la resolución 2242
(2015) del Consejo de Seguridad y el objetivo mundial original de las Naciones
Unidas de llegar a un 20% de policías femeninas antes de 2014; y
e)
Unidades de policía que hayan completado la capacitación previa al
despliegue, con el apoyo de la Secretaría, cuando corresponda, dentro de los
ámbitos de sus respectivas funciones, de modo que se pueda contar con los
mecanismos pertinentes para evaluar a los Estados Miembros en cuanto a la
preparación previa al despliegue;
13. Reitera la importancia del análisis de género en todas las actividades
policiales y etapas de las misiones y la función de los Asesores de Género policiales
y su solicitud al Secretario General de que aumente la coordinación entre los
componentes de policía y los Asesores de Protección Infantil y de la Mujer y de
Género; exhorta a la Secretaría de las Naciones Unidas a que colabore
estrechamente con los Estados Miembros y ONU-Mujeres para superar los
problemas sistémicos respecto de la elegibilidad de las agentes femeninas para las
misiones de las Naciones Unidas, como los requisitos de ingreso, incluso mediante
el establecimiento de medidas especiales, o prestando apoyo a las asociaciones de
mujeres policías, y alienta a los Estados Miembros a presentar actualizaciones
anuales sobre esas iniciativas y a intercambiar las buenas prácticas al respecto;
14. Hace notar los constantes esfuerzos del Secretario General por mejorar
los resultados en el pilar de la paz y la seguridad y alienta a la Secretaría a evaluar
las cuestiones relativas a las funciones, estructura y capacidad de la División de
Policía, en consulta con los Estados Miembros;
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