A/RES/57/310 Naciones Unidas Distr. general 11 de julio de 2003 Asamblea General Quincuagésimo séptimo período de sesiones Tema 112 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/57/649/Add.2)] 57/310. Sueldo y pensión de jubilación del Secretario General y sueldo y remuneración pensionable del Administrador del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo La Asamblea General, Habiendo examinado el informe de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto1, 1. Apoya la recomendación de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto sobre el sueldo y la pensión de jubilación del Secretario General, que figura en el párrafo 9 de su informe1; 2. Apoya también la recomendación de la Comisión Consultiva sobre el sueldo y la remuneración pensionable del Administrador del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, que figura en el párrafo 9 de su informe; 3. Aprueba, con efecto a partir del 1° de enero de 2003, la enmienda al párrafo 1 del anexo I del Estatuto del Personal de las Naciones Unidas que figura en el anexo de la presente resolución; 4. Pide a la Comisión Consultiva que le presente, en su quincuagésimo octavo período de sesiones, propuestas encaminadas a formalizar las condiciones y los procedimientos relativos al sueldo y la pensión de jubilación del Secretario General y al sueldo y la remuneración pensionable del Administrador del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. 90ª sesión plenaria 18 de junio de 2003 _______________ 1 A/57/7/Add.25. Para el texto definitivo, véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo séptimo período de sesiones, Suplemento No. 7. 02 56200

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