Naciones Unidas Asamblea General A/RES/60/251 Distr. general 3 de abril de 2006 Sexagésimo período de sesiones Temas 46 y 120 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 15 de marzo de 2006 [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/60/L.48)] 60/251. Consejo de Derechos Humanos La Asamblea General, Reafirmando los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, en particular los de fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos y realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, Reafirmando también la Declaración Universal de Derechos Humanos 1 y la Declaración y el Programa de Acción de Viena 2, y recordando el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 3, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales3 y otros instrumentos de derechos humanos, Reafirmando además que todos los derechos humanos son universales e indivisibles, están relacionados entre sí, son interdependientes y se refuerzan mutuamente y que deben tratarse de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y dándoles a todos el mismo peso, Reafirmando que, si bien es necesario tener en cuenta la importancia de las peculiaridades nacionales y regionales y los diversos antecedentes históricos, culturales y religiosos, todos los Estados, independientemente de cuál sea su sistema político, económico y cultural, tienen la obligación de promover y proteger todos los derechos humanos y libertades fundamentales, Destacando la responsabilidad que incumbe a todos los Estados, de conformidad con la Carta, de respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, sin distinción de ningún tipo por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, _______________ 1 Resolución 217 A (III). A/CONF.157/24 (Part I), cap. III. 3 Véase el anexo de la resolución 2200 A (XXI). 2 05-50269

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