A/RES/59/201
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
23 de marzo de 2005
Quincuagésimo noveno período de sesiones
Tema 105 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 20 de diciembre de 2004
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/59/503/Add.2)]
59/201. Fortalecimiento de la función de las organizaciones y
mecanismos regionales, subregionales y de otro tipo en la
promoción y consolidación de la democracia
La Asamblea General,
Reafirmando los propósitos y principios enunciados en la Carta de las
Naciones Unidas,
Recordando su resolución 55/96, de 4 de diciembre de 2000, y todas las
resoluciones pertinentes de la Comisión de Derechos Humanos, en particular las
resoluciones 1999/57, de 27 de abril de 1999 1, 2000/47, de 25 de abril de 2000 2,
2001/41, de 23 de abril de 2001 3, 2002/46, de 23 de abril de 2002 4, 2003/36, de
23 de abril de 2003 5, y 2004/30, de 19 de abril de 2004 6,
Recordando también que todos los pueblos tienen el derecho de libre
determinación, en virtud del cual pueden determinar libremente su condición
política y tratar libremente de alcanzar su desarrollo económico, social y cultural,
Reafirmando su determinación, expresada, entre otras, en la Declaración del
Milenio 7, de aplicar los principios y las prácticas de la democracia, y reconociendo
la diversidad de la comunidad de las democracias del mundo,
1.
Declara que entre los elementos esenciales de la democracia figura el
respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, como la libertad de
asociación y de reunión pacífica, la libertad de expresión y de opinión y el derecho
de todo individuo a participar en los asuntos públicos directamente o a través de
representantes libremente elegidos y a votar y ser elegido en elecciones periódicas,
libres y auténticas por sufragio universal e igual y mediante voto secreto,
_______________
1
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1999, Suplemento No. 3 (E/1999/23),
cap. II, secc. A.
2
Ibíd., 2000, Suplemento No. 3 y corrección (E/2000/23 y Corr.1), cap. II, secc. A.
3
Ibíd., 2001, Suplemento No. 3 (E/2001/23), cap. II, secc. A.
4
Ibíd., 2002, Suplemento No. 3 y corrección (E/2002/23 y Corr.1), cap. II, secc. A.
5
Ibíd., 2003, Suplemento No. 3 (E/2003/23), cap. II, secc. A.
6
Ibíd., 2004, Suplemento No. 3 (E/2004/23), cap. II, secc. A.
7
Véase la resolución 55/2.
04-48835
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