A/RES/71/189 Naciones Unidas Distr. general 2 de febrero de 2016 Asamblea General Septuagésimo primer período de sesiones Tema 68 b) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de diciembre de 2016 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/71/484/Add.2)] 71/189. Declaración sobre el Derecho a la Paz La Asamblea General, Recordando todas las resoluciones anteriores relativas a la promoción del derecho a la paz y la promoción de la paz como requisito fundamental para el pleno disfrute de todos los derechos humanos por todas las personas, aprobadas por la Asamblea General, la Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos, en particular la resolución 20/15 del Consejo, de 5 de julio de 2012 1, Destacando que la paz es un requisito fundamental para la promoción y protección de todos los derechos humanos de todas las personas, Acogiendo con beneplácito la aprobación por el Consejo de Derechos Humanos de la Declaración sobre el Derecho a la Paz mediante su resolución 32/28, de 1 de julio de 2016 2, 1. Aprueba la Declaración sobre el Derecho a la Paz, que figura en el anexo de la presente resolución; 2. Invita a los Gobiernos, a los organismos y organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a que difundan la Declaración y promuevan el respeto y la comprensión de esta a nivel universal; 3. Decide seguir examinando la cuestión de la promoción del derecho a la paz en su septuagésimo tercer período de sesiones, en relación con el tema titulado “Promoción y protección de los derechos humanos”. 65ª sesión plenaria 19 de diciembre de 2016 _______________ 1 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo séptimo período de sesiones, Suplemento núm. 53 y corrección (A/67/53 y Corr.2), cap. IV, secc. A. 2 Ibid., septuagésimo primer período de sesiones, Suplemento núm. 53 (A/71/53), cap. II. 16-21995 (S) *1621995*

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