A/RES/71/189
Naciones Unidas
Distr. general
2 de febrero de 2016
Asamblea General
Septuagésimo primer período de sesiones
Tema 68 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de diciembre de 2016
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/71/484/Add.2)]
71/189. Declaración sobre el Derecho a la Paz
La Asamblea General,
Recordando todas las resoluciones anteriores relativas a la promoción del
derecho a la paz y la promoción de la paz como requisito fundamental para el pleno
disfrute de todos los derechos humanos por todas las personas, aprobadas por la
Asamblea General, la Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos
Humanos, en particular la resolución 20/15 del Consejo, de 5 de julio de 2012 1,
Destacando que la paz es un requisito fundamental para la promoción y
protección de todos los derechos humanos de todas las personas,
Acogiendo con beneplácito la aprobación por el Consejo de Derechos
Humanos de la Declaración sobre el Derecho a la Paz mediante su resolución 32/28,
de 1 de julio de 2016 2,
1.
Aprueba la Declaración sobre el Derecho a la Paz, que figura en el anexo
de la presente resolución;
2.
Invita a los Gobiernos, a los organismos y organizaciones del sistema de
las Naciones Unidas y las organizaciones intergubernamentales y no
gubernamentales a que difundan la Declaración y promuevan el respeto y la
comprensión de esta a nivel universal;
3.
Decide seguir examinando la cuestión de la promoción del derecho a la
paz en su septuagésimo tercer período de sesiones, en relación con el tema titulado
“Promoción y protección de los derechos humanos”.
65ª sesión plenaria
19 de diciembre de 2016
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1
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo séptimo período de sesiones,
Suplemento núm. 53 y corrección (A/67/53 y Corr.2), cap. IV, secc. A.
2
Ibid., septuagésimo primer período de sesiones, Suplemento núm. 53 (A/71/53), cap. II.
16-21995 (S)
*1621995*