A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/52/190
4 de febrero de 1998
Quincuagésimo segundo período de sesiones
Tema 97 e) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/52/628/Add.5)]
52/190. Aplicación de los resultados de la Conferencia de las Naciones Unidas
sobre los Asentamientos Humanos (Hábitat II)
La Asamblea General,
Recordando su resolución 51/177, de 16 de diciembre de 1996, en la que hizo suyos la Declaración
de Estambul sobre los Asentamientos Humanos1 y el Programa de Hábitat2, aprobados por la Conferencia
de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos (Hábitat II) el 14 de junio de 1996 en
Estambul,
Consciente de la importancia de mantener el impulso ya generado a escala nacional, regional e
internacional en lo que respecta a la aplicación de medidas destinadas a hacer frente a las consecuencias
económicas, sociales y ambientales de la rápida urbanización,
Subrayando la necesidad de mejorar las condiciones de vivienda y de facilitar el acceso a agua
potable, a servicios sanitarios adecuados y a servicios sociales básicos en las zonas rurales y urbanas,
Recordando el párrafo 218 del Programa de Hábitat, en que la Conferencia le pedía que considerase
la posibilidad de celebrar un período extraordinario de sesiones en el año 2001 para realizar un examen
1
A/CONF.165/14, cap. I, resolución 1, anexo I.
2
Ibíd., anexo II.
98-76600
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