A/RES/52/37 Página 3 ultraterrestre siguen siendo el cometido fundamental del Comité ad hoc, y que las propuestas concretas relativas a las medidas de fomento de la confianza podrían formar parte integrante de tales acuerdos, 1. Reafirma la importancia y la urgencia de prevenir una carrera de armamentos en el espacio ultraterrestre y la disposición de todos los Estados a contribuir a ese objetivo común, de conformidad con las disposiciones del Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes1; 2. Reafirma su reconocimiento, conforme a lo señalado en el informe del Comité ad hoc sobre la prevención de una carrera de armamentos en el espacio ultraterrestre, de que el régimen jurídico aplicable al espacio ultraterrestre no es de por sí suficiente para garantizar la prevención de una carrera de armamentos en el espacio ultraterrestre, de que ese régimen jurídico desempeña una función importante en la prevención de una carrera de armamentos en ese medio, de que es necesario consolidar y reforzar ese régimen y mejorar su eficacia y de que es importante que se acaten estrictamente los acuerdos bilaterales y multilaterales vigentes; 3. Destaca la necesidad de adoptar nuevas medidas con disposiciones adecuadas y eficaces para la verificación con el fin de prevenir una carrera de armamentos en el espacio ultraterrestre; 4. Exhorta a todos los Estados, en particular a los que tienen programas espaciales importantes, a que contribuyan activamente al logro del objetivo de la utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos y de la prevención de una carrera de armamentos en el espacio ultraterrestre y a que, en aras del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y de la promoción de la cooperación internacional, se abstengan de actos contrarios a dicho objetivo y a los tratados pertinentes en vigor; 5. Reitera que incumbe a la Conferencia de Desarme, en su calidad de único foro multilateral de negociación sobre desarme, el papel primordial en la negociación de un acuerdo multilateral o de varios acuerdos multilaterales, según proceda, sobre la prevención de una carrera de armamentos en el espacio ultraterrestre en todos sus aspectos; 6. Invita a la Conferencia de Desarme a que vuelva a examinar el mandato que figura en su decisión de 13 de febrero de 19924, con miras a actualizarlo, según proceda, disponiendo en esa forma el restablecimiento del Comité ad hoc durante el período de sesiones de 1998 de la Conferencia de Desarme; 7. Reconoce a este respecto la convergencia de opiniones cada vez mayor sobre la elaboración de medidas para aumentar la transparencia, la confianza y la seguridad en la utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos; 8. Insta a los Estados que lleven a cabo actividades en el espacio ultraterrestre, así como a los Estados interesados en llevar a cabo esas actividades, a que, a fin de facilitar la labor de la Conferencia de Desarme, le presenten informes acerca de los progresos de las negociaciones bilaterales o multilaterales sobre la cuestión; 9. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo tercer período de sesiones el tema titulado "Prevención de una carrera de armamentos en el espacio ultraterrestre". 67a. sesión plenaria 9 de diciembre de 1997

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