A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/49/19
15 de diciembre de 1994
Cuadragésimo noveno período de sesiones
Tema 112 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/49/673)]
49/19.
Escala de cuotas para el prorrateo de los
gastos de las Naciones Unidas
La Asamblea General,
Recordando el párrafo 2 de su resolución 48/223 C, de 23 de diciembre de
1993, en el que reafirmó el principio de la capacidad de pago como el criterio
fundamental para la determinación de la escala de cuotas y convino, en
principio, en establecer un órgano especial para estudiar la aplicación de ese
principio en la determinación de la escala de cuotas y en examinar más
adelante en el cuadragésimo octavo período de sesiones sus mandatos y
modalidades,
Teniendo presente el grupo especial intergubernamental de trabajo de
expertos en las esferas jurídica y financiera, creado de conformidad con el
párrafo 2 de la sección III de su resolución 48/218 A, de 23 de diciembre de
1993,
Tomando nota de las opiniones expresadas por los Estados Miembros
durante sus períodos de sesiones cuadragésimo octavo y cuadragésimo noveno,
1.
Decide crear un grupo especial intergubernamental de trabajo de
veinticinco expertos en economía, finanzas, estadística y esferas conexas;
2.
Invita al Presidente de la Asamblea General a nombrar a los
expertos en consulta con los Estados Miembros, teniendo debidamente en cuenta
la distribución geográfica equitativa, y a convocar el grupo de trabajo lo
antes posible;
94-60168
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