A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/51/204
28 de febrero de 1997
Quincuagésimo primer período de sesiones
Tema 163 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/51/L.56 y Add.1)]
51/204.
Otorgamiento de la condición de observador
en la Asamblea General al Tribunal
Internacional del Derecho del Mar
La Asamblea General,
Destacando la importancia de la interpretación o aplicación uniformes de
las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del
Mar1, sus convenios conexos y todo otro acuerdo que pueda otorgar jurisdicción
al Tribunal Internacional del Derecho del Mar,
Consciente de la necesidad de que los Estados arreglen por medios
pacíficos las controversias relativas a la interpretación o aplicación de la
Convención,
Acogiendo con beneplácito el establecimiento del Tribunal en Hamburgo
(Alemania),
Tomando nota de la decisión adoptada en la quinta Reunión de los Estados
Partes de pedir que se otorgue la condición de observador al Tribunal
Internacional del Derecho del Mar a fin de que pueda participar en los
períodos de sesiones y en los trabajos de la Asamblea General2 y la decisión
adoptada por el Tribunal en su primera reunión de pedir que se le otorgue la
condición de observador,
1
Documentos Oficiales de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas
sobre el Derecho del Mar, vol. XVII (publicación de las Naciones Unidas, No. de
venta: S.84.V.3), A/CONF.62/122.
2
Véase SPLOS/14, párr. 36.
97-76954
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