A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/52/180 14 de enero de 1998 Quincuagésimo segundo período de sesiones Tema 95 a) del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/52/626/Add.1)] 52/180. Corrientes financieras mundiales y su repercusión sobre los países en desarrollo La Asamblea General, Reafirmando su resolución 51/166, de 16 de diciembre de 1996, titulada "Integración financiera mundial y fortalecimiento de la colaboración entre el sistema de las Naciones Unidas y las instituciones de Bretton Woods", y su resolución 50/91, de 20 de diciembre de 1995, titulada "Integración financiera mundial: dificultades y oportunidades", así como la resolución 1996/43 del Consejo Económico y Social, de 26 de julio de 1996, sobre el fortalecimiento de la colaboración entre el sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo y las instituciones de Bretton Woods, Subrayando que, en el contexto de la integración financiera mundial, las corrientes financieras mundiales plantean nuevos desafíos y oportunidades a la comunidad internacional y que deberían constituir un elemento muy importante del diálogo entre el sistema de las Naciones Unidas y las instituciones de Bretton Woods, Expresando su preocupación por el hecho de que varios países en desarrollo, al liberalizar sus sistemas económicos y financieros externos, se hayan vuelto más vulnerables a las fluctuaciones bruscas de las corrientes de capital privado en los mercados financieros internacionales, y subrayando la importancia de que en los países interesados exista un clima favorable a las corrientes financieras privadas, a políticas macroeconómicas racionales y al buen funcionamiento de los mercados, 98-76138 /...

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