A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/51/6
4 de noviembre de 1996
Quincuagésimo primer período de sesiones
Tema 160 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/51/L.2 y Add.1)]
51/6. Otorgamiento de la condición de observador en la
Asamblea General a la Autoridad Internacional de
los Fondos Marinos
La Asamblea General,
Consciente de la importancia de que se dé cumplimiento efectivo a la
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de diciembre
de 19821 y al Acuerdo relativo a la aplicación de la Parte XI de la
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar2, y se apliquen de
manera coherente y uniforme, así como de la necesidad creciente de promover y
facilitar la cooperación internacional en relación con el derecho del mar y
los asuntos oceánicos en los planos mundial, regional y subregional,
Tomando nota de la decisión adoptada por la Asamblea de la Autoridad
Internacional de los Fondos Marinos en la continuación de su segundo período
de sesiones de solicitar la condición de observador en las Naciones Unidas
para la Autoridad a fin de permitirle participar en las deliberaciones de la
Asamblea General,
1.
Decide invitar a la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos
a participar en las deliberaciones de la Asamblea General en calidad de
observador;
1
Documentos Oficiales de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas
sobre el Derecho del Mar, vol. XVII (publicación de las Naciones Unidas, No. de
venta: S.84.V.3), documento A/CONF.62/122.
2
96-77440
Resolución 48/263, anexo.
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