A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/49/48
17 de febrero de 1995
Cuadragésimo noveno período de sesiones
Tema 134 del programa
RESOLUCION APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/49/735)]
49/48.
Estado de los Protocolos adicionales a los
Convenios de Ginebra de 1949, relativos a la
protección de las víctimas de los conflictos
armados
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 32/44, de 8 de diciembre de 1977, 34/51, de
23 de noviembre de 1979, 37/116, de 16 de diciembre de 1982, 39/77, de 13 de
diciembre de 1984, 41/72, de 3 de diciembre de 1986, 43/161, de 9 de diciembre
de 1988, 45/38, de 28 de noviembre de 1990, y 47/30, de 25 de noviembre de
1992,
Habiendo examinado el informe del Secretario General 1/, sobre el estado
de los Protocolos adicionales 2/, a los Convenios de Ginebra de 1949 3/,
relativos a la protección de las víctimas de los conflictos armados,
Convencida del valor inalterable de las normas humanitarias establecidas
con respecto a los conflictos armados y de la necesidad de respetar y hacer
que se respeten dichas normas en todas las circunstancias que correspondan al
campo de aplicación de los instrumentos internacionales pertinentes, hasta que
se logre, lo antes posible, la terminación de esos conflictos,
Observando con satisfacción que, de conformidad con el artículo 90 del
Protocolo I, ya ha entrado en funciones la Comisión Internacional de
Investigación,
Tomando nota de que se ha revisado el anexo I del Protocolo I,
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1/ A/49/255 y Add.1.
2/ Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 1125, Nos. 17512 y 17513.
3/ Ibíd., vol. 75, Nos. 970 a 973.
95-76750
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