Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/56/130
Distr. general
30 de enero de 2002
Quincuagésimo sexto período de sesiones
Tema 112 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/56/576)]
56/130. Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer
La Asamblea General,
Recordando su resolución 39/125, de 14 de diciembre de 1984, en la que
decidió hacer del Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer una
entidad separada y de identidad propia en asociación autónoma con el Programa de
las Naciones Unidas para el Desarrollo, así como sus resoluciones 52/94, de 12 de
diciembre de 1997, y 54/136, de 17 de diciembre de 1999,
Recordando también la Plataforma de Acción aprobada por la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer 1, en la que se reconoce la función especial del
Fondo en la promoción de la potenciación de la mujer y se lo exhorta a examinar y
reforzar su programa de trabajo a la luz de la Plataforma de Acción centrándose en
la habilitación de la mujer en las esferas política y económica,
Observando con beneplácito las contribuciones que el Fondo ha hecho en
apoyo de iniciativas de los Estados Miembros, organizaciones de las Naciones
Unidas y organizaciones no gubernamentales para formular y realizar actividades
que promueven la igualdad entre los géneros y la potenciación de la mujer,
concentrándose en tres temas, a saber el aumento de la capacidad económica de la
mujer, la incorporación de las consideraciones de género en la gestión de los asuntos
públicos y las actividades de dirección, la promoción de los derechos humanos de la
mujer y la eliminación de todas las formas de violencia contra la mujer,
Recordando y reafirmando los compromisos contraídos desde 1990 en las
conferencias mundiales y reuniones en la cumbre organizadas por las Naciones
Unidas y en sus propios períodos extraordinarios de sesiones, así como en los
correspondientes procesos de seguimiento,
Observando la importancia de la labor del Comité Consultivo del Fondo de
Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer al impartir orientación normativa y
para los programas, según se estipula en el anexo de la resolución 39/125,
_______________
1
Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995
(publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexo II.
01 48306
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