A/RES/63/111
112. Expresa su preocupación porque en los océanos hay cada vez más zonas
hipóxicas muertas como consecuencia de la eutroficación alimentada por los
fertilizantes que arrastran las escorrentías ribereñas, los desagües cloacales y el
nitrógeno reactivo resultante de la quema de combustibles sólidos, lo cual tiene
graves consecuencias en el funcionamiento de los ecosistemas, e insta a los Estados
a que redoblen sus esfuerzos para reducir la eutroficación y, a tal fin, sigan
cooperando en el marco de las organizaciones internacionales pertinentes, en
particular el Programa de Acción Mundial;
113. Exhorta a los Estados a que aseguren que los proyectos de desarrollo
urbano y costero y las actividades conexas redestinadas a ganar terreno al mar se
lleven a cabo de manera responsable, de forma que se proteja el hábitat y el medio
marinos y se mitiguen las consecuencias negativas de esas actividades;
114. Acoge con satisfacción la labor que siguen realizando los Estados, el
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y las organizaciones
regionales en la aplicación del Programa de Acción Mundial frente a las actividades
realizadas en tierra, y alienta a que se haga cada vez más hincapié en el vínculo que
existe entre el agua dulce, la zona costera y los recursos marinos en las actividades
encaminadas a cumplir los objetivos internacionales de desarrollo, entre ellos los
que figuran en la Declaración del Milenio7, las metas con plazos establecidas en el
Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo
Sostenible (“Plan de Aplicación de las Decisiones de Johannesburgo”)8, en
particular la meta relativa al saneamiento, y el Consenso de Monterrey de la
Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo 50;
49F
115. Acoge con satisfacción también la resolución de la trigésima Reunión
consultiva de las partes contratantes en el Convenio sobre la prevención de la
contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias, de 1972 (“el
Convenio de Londres”) y la tercera Reunión de las Partes Contratantes en el Protocolo
de Londres, celebrada del 27 al 31 de octubre de 2008 y dedicada a la regulación de
la fertilización de los océanos 51, en la cual, entre otras cosas, las partes contratantes
convinieron en que el alcance del Convenio y el Protocolo de Londres comprende
las actividades de fertilización de los océanos y que, dados los conocimientos
actuales, no se deben permitir actividades de fertilización de los océanos, a menos
que se trate de investigaciones científicas legítimas, y que las propuestas de
investigación científica se deben analizar caso por caso aplicando un marco de
evaluación que prepararán los grupos científicos de conformidad con el Convenio y
el Protocolo de Londres, y convinieron también en que, con ese fin, esas otras
actividades deben considerarse contrarias a los objetivos del Convenio y el Protocolo
de Londres y actualmente no se las debe excluir de la definición de vertimiento
establecida en el apartado b) del párrafo 1 del artículo III del Convenio de Londres y
el párrafo 4.2 del artículo 1 del Protocolo de Londres;
50F
116. Acoge con satisfacción además la decisión IX/16 C, aprobada en la
novena Reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad
Biológica45, en que, entre otras cosas y teniendo presentes los análisis científicos y
jurídicos que se realizan bajo los auspicios del Convenio y el Protocolo de Londres,
la Conferencia de las Partes pidió a las partes e instó a los demás gobiernos a que,
_______________
50
Informe de la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, Monterrey (México),
18 a 22 de marzo de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.02.II.A.7), cap. I,
resolución 1, anexo.
51
Organización Marítima Internacional, documento LC 30/16, anexo 6, resolución LC-LP.1 (2008).
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