A/RES/70/174
13º Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal
acogemos con beneplácito el proceso intergubernamental inclusivo y transparente de
la agenda para el desarrollo después de 2015, cuya finalidad es formular objetivos
mundiales de desarrollo sostenible que habrán de ser aprobados por la Asamblea
General, y reconocemos que las propuestas del Grupo de Trabajo Abierto sobre los
Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Asamblea serán la base principal para
incorporar los objetivos de desarrollo sostenible en la agenda para el desarrollo
después de 2015, reconociendo que se considerarán también otras aportaciones. En
ese contexto, reiteramos la importancia para el desarrollo sostenible de promover
sociedades pacíficas, sin corrupción e inclusivas, haciendo hincapié en un enfoque
centrado en las personas que proporcione acceso a la justicia para todos y cree
instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles.
5.
Reafirmamos nuestro compromiso y firme voluntad política de apoyar
unos sistemas de justicia penal eficaces, imparciales, humanos y responsables y las
instituciones que los integran, y alentamos la participación efectiva y la inclusión de
todos los sectores de la sociedad, lo cual permitirá crear las condiciones necesarias
para promover el programa más amplio de las Naciones Unidas, respetando
plenamente al mismo tiempo los principios de la soberanía y la integridad territorial
de los Estados, y reconociendo la responsabilidad de los Estados Miembros de
defender la dignidad humana y todos los derechos humanos y libertades
fundamentales de todas las personas, en particular las afectadas por la delincuencia
y las que están en contacto con el sistema de justicia penal, incluidos los miembros
vulnerables de la sociedad, independientemente de su condición, que podrían ser
objeto de formas múltiples y agravadas de discriminación, y prevenir y combatir la
delincuencia motivada por la intolerancia o la discriminación de toda índole. A tal
efecto, procuramos:
a)
Aprobar políticas y programas nacionales amplios e inclusivos en
materia de prevención del delito y justicia penal que tengan plenamente en cuenta
las pruebas y otros factores pertinentes, incluidas las causas profundas de la
delincuencia, así como las condiciones que la propician, y, de conformidad con las
obligaciones que nos incumben en virtud del derecho internacional y tomando en
consideración las reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención
del delito y justicia penal, garantizar la formación apropiada de los funcionarios
responsables de salvaguardar el estado de derecho y la protección de los derechos
humanos y las libertades fundamentales;
b)
Garantizar el derecho de todas las personas a un juicio justo sin
dilaciones indebidas ante un tribunal competente, independiente e imparcial
establecido conforme a la ley, a la igualdad de acceso a la justicia con las debidas
garantías procesales y, de ser necesario, a recibir la asistencia de un abogado y un
intérprete, y garantizar los derechos pertinentes en virtud de la Convención de Viena
sobre Relaciones Consulares 9; actuar con la debida diligencia para prevenir y
combatir los actos de violencia; y adoptar medidas legislativas, administrativas y
judiciales eficaces para prevenir, perseguir y sancionar todas las formas de tortura y
otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y eliminar la impunidad;
c)
Someter a examen y reformar las políticas de asistencia jurídica para
ampliar el acceso a una asistencia jurídica eficaz en las actuaciones penales a
quienes carecen de medios suficientes o cuando el interés de la justicia así lo exija,
incluso, de ser necesario, mediante la elaboración de planes nacionales en ese
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Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 596, núm. 8638.