A/HRC/RES/57/27
la debida tramitación en el Parlamento para consagrar esos acuerdos y se tenga plenamente
en consideración la asequibilidad a largo plazo del modelo propuesto;
e)
Las iniciativas del Ministerio de la Mujer y los Derechos Humanos (ahora
Ministerio de Fomento de la Familia y los Derechos Humanos) encaminadas a elaborar una
legislación esencial en materia de derechos humanos que incluya la ley sobre los delitos
sexuales y el proyecto de ley sobre los derechos del niño, y alienta al Gobierno a velar por
que dicha legislación se someta a una amplia consulta con la sociedad civil que incluya a las
mujeres, las personas con discapacidad y los miembros de los clanes minoritarios, a fin de
garantizar que sea realmente representativa y conforme con el derecho internacional de los
derechos humanos, según proceda, y se tramite debidamente en el Parlamento;
f)
La cooperación de Somalia con el Comité de Derechos Humanos y la
presentación de su informe inicial en virtud del artículo 40 del Pacto 1, que abarca el período
comprendido entre 2012 y 2020, y el espíritu de transparencia y cooperación con que la
delegación del país dialogó con el Comité en el examen de dicho informe durante su
140º período de sesiones;
g)
La presentación por el Primer Ministro, el 30 de abril de 2024 en Mogadiscio,
del marco de reconciliación nacional, que representa un hito fundamental en la búsqueda de
la paz, la unidad y el progreso por Somalia y actúa como estructura rectora de las iniciativas
de reconciliación del país, simbolizando la esperanza y la unidad al tiempo que sienta las
bases para un futuro definido por la paz, la prosperidad y la inclusividad;
h)
La continuación de la aplicación de la estrategia nacional de soluciones
duraderas para 2020-2024, que fomenta un entorno propicio para que los desplazados
internos, los refugiados, los solicitantes de asilo, los retornados y las comunidades
vulnerables puedan acceder a soluciones equitativas, y observa que el Ministerio de
Planificación, Inversión y Desarrollo Económico, por conducto de su Dependencia de
Soluciones Duraderas, en colaboración con los estados federados y los asociados
internacionales, ha puesto en marcha un plan de acción para que 1 millón de desplazados
internos puedan acceder a soluciones sostenibles y duraderas;
i)
La elaboración de la primera política nacional de inclusión digital del país,
centrada en las personas en situación de vulnerabilidad y marginación, que pueden ser
mujeres y niñas, jóvenes, comunidades rurales, pobres urbanos, personas mayores, personas
con discapacidad, desplazados internos y refugiados, así como en las empresas, que establece
un acceso equitativo a las iniciativas de tecnología de la información y las comunicaciones,
con el objetivo de que las tasas de participación alcancen o superen los promedios nacionales,
y en la que se piden cambios jurídicos e institucionales para fomentar la plena inclusión
digital de aquí a 2033, proponiendo una nueva ley para integrar a esos grupos en la economía
digital;
j)
La presentación, el 17 de septiembre de 2024, del Plan de Acción Nacional
para la Infancia en Somalia, que constituye un paso fundamental en la dedicación de Somalia
a la promoción del bienestar y los derechos de sus residentes más jóvenes y en el que se
detallan iniciativas estratégicas centradas en la mejora de la protección, la educación, la salud
y el bienestar general de los niños;
k)
La elaboración, por el Ministerio de Fomento de la Familia y los Derechos
Humanos, de un mecanismo nacional global para establecer una política de información y
seguimiento que creará un marco sólido para garantizar una mayor transparencia, rendición
de cuentas y eficiencia en el tratamiento de las cuestiones de derechos humanos y está
diseñado para facilitar una mejor coordinación entre las diversas entidades gubernamentales
y no gubernamentales, reforzando así la infraestructura general de derechos humanos;
2.
Recuerda la participación activa del Gobierno Federal de Somalia en el
mecanismo de examen periódico universal en mayo de 2021, a este respecto recuerda también
que aceptó muchas de las recomendaciones formuladas durante el examen 2, lo alienta a que
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GE.24-18728
CCPR/C/SOM/1.
Véase A/HRC/48/11.
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