A/RES/71/168
Intensificación de los esfuerzos mundiales para la eliminación de la mutilación genital femenina
efecto nocivo de la mutilación genital femenina y el hecho de que esta práctica siga
existiendo, así como sobre el nivel nacional e internacional de apoyo a la
eliminación de la mutilación genital femenina;
11. Insta a los Estados a adoptar un enfoque amplio y sistemático, que tenga
en cuenta las diferencias culturales y la perspectiva social y se base en los derechos
humanos y los principios de igualdad entre los géneros, al impartir educación y
capacitación a las familias, los dirigentes de las comunidades locales y los
miembros de todas las profesiones que guarden relación con la protección y el
empoderamiento de las mujeres y las niñas con el fin de aumentar la conciencia
sobre la mutilación genital femenina y el compromiso con su eliminación;
12. Insta también a los Estados a asegurar la aplicación nacional de los
compromisos y obligaciones internacionales y regionales asumidos en su calidad de
Estados partes en diversos instrumentos internacionales que garantizan el pleno
ejercicio de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las mujeres y
las niñas;
13. Exhorta a los Estados a formular políticas y reglamentos para asegurar la
aplicación efectiva de los marcos legislativos nacionales sobre la eliminación de la
discriminación y la violencia contra las mujeres y las niñas, en particular la
mutilación genital femenina, y a establecer mecanismos adecuados de rendición de
cuentas en los planos nacional y local para vigilar el cumplimiento y la aplicación
de esos marcos legislativos;
14. Exhorta también a los Estados a elaborar métodos y normas unificados
para la reunión de datos sobre todas las formas de discriminación y violencia contra
las mujeres y las niñas, especialmente las formas poco documentadas, las prácticas
nocivas como la mutilación genital femenina, a formular indicadores adicionales
para medir eficazmente los avances logrados en la eliminación de esa práctica y a
fomentar el intercambio de buenas prácticas relativas a la prevención y la
eliminación de la práctica en los planos subregional, regional y mundial;
15. Insta a los Estados a asignar recursos suficientes para la aplicación de
políticas y programas y marcos legislativos que tengan por objeto eliminar la
mutilación genital femenina;
16. Exhorta a los Estados a elaborar, apoyar y aplicar estrategias amplias e
integradas para prevenir la mutilación genital femenina, incluida la capacitaci ón de
los trabajadores sociales, el personal médico, los líderes comunitarios y religiosos y
los profesionales pertinentes, y a asegurarse de que esas personas presten atención y
servicios de apoyo competentes a las mujeres y las niñas que corran el riesgo de ser
objeto de mutilación genital femenina o que lo hayan sido, y a alentarlas a
comunicar a las autoridades correspondientes los casos en que crean que corren
riesgo mujeres o niñas;
17. Exhorta también a los Estados a apoyar, como parte de un enfoque
amplio para eliminar la mutilación genital femenina, programas que recaben la
participación de quienes practican mutilaciones genitales femeninas en las
comunidades en iniciativas comunitarias encaminadas a la eliminación de esta
práctica, incluso, cuando sea pertinente, asistiendo a las comunidades en la
búsqueda de medios de subsistencia alternativos para esas personas;
18. Exhorta a la comunidad internacional, las entidades pertinentes de las
Naciones Unidas y la sociedad civil y las instituciones fina ncieras internacionales a
seguir apoyando activamente, mediante la asignación de más recursos financieros y
asistencia técnica, la realización de programas focalizados y exhaustivos que
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