A/RES/57/174 18. Exhorta a todos los Estados a que den prioridad a la preparación y ejecución de normas y programas para que los niños y los jóvenes cobren conciencia de la cuestión mediante, entre otras cosas, programas de información y educación sobre los riesgos derivados del consumo de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, incluidas las drogas sintéticas, así como de los derivados del consumo de tabaco y alcohol, con miras a prevenir su consumo y reducir los efectos adversos de su uso indebido; 19. Exhorta también a todos los Estados a que faciliten el acceso de los niños, incluidos los adolescentes, adictos al consumo de estupefacientes, sustancias sicotrópicas, sustancias inhalables y alcohol a métodos de tratamiento y rehabilitación apropiados; 20. Exhorta además a todos los Estados a que adopten medidas, entre ellas, cuando proceda, las medidas legislativas nacionales que sean posibles para encarar el problema de la relación entre el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras y el tráfico ilícito de estupefacientes, entre otros delitos conexos, mediante una mayor cooperación internacional y la plena aplicación del Programa de Acción para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos 18; 21. Acoge con satisfacción la aprobación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 19 y sus tres Protocolos, a saber el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños 20, el Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire 21 y el Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones 22, y alienta a todos los Estados a firmar y ratificar estos instrumentos jurídicos para darles carácter universal; 22. Subraya la necesidad de una acción coordinada para reducir la demanda de drogas ilícitas en el contexto de un enfoque amplio, equilibrado y coordinado que comprenda la fiscalización de la oferta y la reducción de la demanda, como se indica en el Plan de Acción para la aplicación de la Declaración sobre los principios rectores de la reducción de la demanda de drogas, observando, entre otras cosas, los nexos que existen entre el tráfico de drogas, la delincuencia organizada y el terrorismo; 23. Reconoce la necesidad de prestar apoyo a los Estados más afectados por el tránsito de drogas de conformidad con la resolución 2002/21 del Consejo Económico y Social, de 24 de julio de 2002, en que se pedía al Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas que siguiera prestando asistencia técnica, con cargo a las contribuciones voluntarias disponibles para ese fin, a los Estados que, según los organismos internacionales competentes, resultasen más perjudicados por el tránsito de drogas, en particular los países en desarrollo que necesitasen este tipo de asistencia y apoyo; _______________ 18 Véase Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en Todos sus Aspectos, Nueva York, 9 a 20 de julio de 2001 (A/CONF.192/15 y Corr.1), cap. IV, párr. 24. 19 Resolución 55/25, anexo I. 20 Ibíd., anexo II. 21 Ibíd., anexo III. 22 Resolución 55/255, anexo. 7

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