A/HRC/56/60
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
25 de abril de 2024
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
56º período de sesiones
18 de junio a 12 de julio de 2024
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Trata de personas, migración mixta y protección
en el mar
Informe de la Relatora Especial sobre la trata de personas,
especialmente mujeres y niños, Siobhán Mullally
Resumen
En el presente informe, la Relatora Especial sobre la trata de personas,
especialmente mujeres y niños, expone las obligaciones que incumben a los actores
marítimos, a los Estados y a otros actores marítimos, como agentes no estatales, buques
comerciales y organizaciones internacionales, de prevenir de forma efectiva la trata y
proteger a las víctimas de la trata en el mar, en particular los niños víctimas. Además,
señala la obligación de asegurar la rendición de cuentas por el delito grave de trata, que
constituye asimismo una vulneración grave de los derechos humanos, y de brindar acceso
a recursos efectivos a las víctimas. Las restricciones a la migración segura y regular, el
acceso restringido al asilo, las devoluciones sumarias que plantean riesgo de devolución,
detención y reclusión en el momento del desembarco y la criminalización de los defensores
de los derechos humanos que participan en operaciones de búsqueda y salvamento, obligan
a las personas a emprender viajes más peligrosos y arriesgados, lo cual provoca muertes y
desapariciones en el mar. Miles de migrantes siguen muriendo o desapareciendo cada año
en rutas marítimas peligrosas. Muchos de los que mueren o desaparecen son víctimas de
la trata. Las medidas efectivas para prevenir la trata de personas deben incluir la
ampliación de las oportunidades de migración segura y regular, cauces para acceder a la
protección internacional, incluido el acceso efectivo al asilo, la reunificación familiar
basada en los derechos y el reasentamiento. La Relatora Especial pide a los Estados y a
los actores marítimos que adopten con urgencia medidas eficaces y coordinadas para
prevenir la trata de personas en el contexto de la migración marítima y proteger a las
víctimas y a las personas en riesgo de ser objeto de trata. Estas han de ser conformes al
derecho internacional y reconocer el trauma y los graves perjuicios que sufren las víctimas
de la trata.
GE.24-06692 (S)
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