A/RES/69/156 Naciones Unidas Distr. general 22 de enero de 2015 Asamblea General Sexagésimo noveno período de sesiones Tema 64 a) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2014 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/69/484)] 69/156. Matrimonio infantil, precoz y forzado La Asamblea General, Reafirmando su resolución 68/148, de 18 de diciembre de 2013, relativa al matrimonio infantil, precoz y forzado, Recordando sus resoluciones 66/140, de 19 de diciembre de 2011, y 68/146, de 18 de diciembre de 2013, relativas a la niña, y 67/144, de 20 de diciembre de 2012, relativa a la intensificación de los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer, así como la resolución 24/23 del Consejo de Derechos Humanos, de 27 de septiembre de 2013, titulada “Intensificación de los esfuerzos para prevenir y eliminar el matrimonio infantil, precoz y forzado: retos, logros, mejores prácticas y deficiencias en la aplicación”1, y todas las resoluciones anteriores relativas al matrimonio infantil, precoz y forzado, Guiada por la Declaración Universal de Derechos Humanos2, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales3, y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos3, así como por otros instrumentos de derechos humanos pertinentes, incluidas la Convención sobre los Derechos del Niño4 y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer5, junto con los Protocolos Facultativos correspondientes6, Reafirmando la Declaración y el Programa de Acción de Viena7, así como el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el _______________ 1 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo octavo período de sesiones, Suplemento núm. 53A (A/68/53/Add.1), cap. III. 2 Resolución 217 A (III). 3 Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo. 4 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531. 5 Ibid., vol. 1249, núm. 20378. 6 Ibid., vols. 2171 y 2173, núm. 27531, y resolución 66/138, anexo; y Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2131, núm. 20378. 7 A/CONF.157/24 (Part I), cap. III. 14-67600 (S) *1467600* Se ruega reciclar

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