A/79/151
I. Introducción
1.
La orientación sexual y la identidad de género nunca deberían ser obstáculos
para la participación electoral. Con demasiada frecuencia lo son. Dichos obstáculos
incluyen variadas situaciones de discriminación y violencia vinculadas a la
orientación sexual y la identidad de género, que a menudo se entrecruzan con la raza,
el sexo, el género, la casta, la religión, la etnia, la discapacidad, la afiliación política
y otras formas de exclusión. Estos obstáculos se ponen en relación con la gobernanza
democrática. El presente informe se basa en una investigación documental y en 56
comunicaciones presentadas por una amplia gama de partes interesadas, incluidos
Estados, instituciones nacionales de derechos humanos, organizaciones de la sociedad
civil y miembros del mundo académico, en respuesta a la solicitud de comunicaciones
cursada en marzo de 2024. Además, nueve expertos participaron en una consulta
virtual convocada por la Yale Jackson School of Global Affairs el 10 de junio de 2024.
2.
El anterior Experto Independiente sobre la protección contra la violencia y la
discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género ya señaló que
“En todo el mundo ... las campañas políticas, los referendos, los debates
parlamentarios y sobre políticas y las manifestaciones públicas fuera de los tribunales
revelan prejuicios sociales y conceptos erróneos sobre la naturaleza y el carácter
moral” de las personas lesbianas, gais, bisexuales, transexuales y de género diverso
(personas LGBT) 1. En 2024, los expertos de las Naciones Unidas expresaron su
preocupación por la peligrosa retórica de odio utilizada por algunos políticos y
funcionarios públicos para convertir en chivos expiatorios y poner en peligro a
quienes se encuentran en una situación de especial riesgo, incluidas las personas
LGBTQI+, los migrantes y las minorías étnicas y religiosas 2. El presente informe se
basa en las resoluciones 76/176 y 78/208 de la Asamblea General, aprobadas en 2021
y 2023 respectivamente, en las que la Asamblea señaló la necesidad de “eliminar las
leyes, los reglamentos y las prácticas que discriminan, directa o indirectamente, a los
ciudadanos en su derecho a participar en los asuntos públicos, incluso por motivos
de... orientación sexual e identidad de género” 3.
3.
Los derechos humanos relacionados con la participación electoral de las
personas LGBT pueden ser violados de innumerables maneras debido a la orientación
sexual y la identidad de género, reales o percibidas, de estas personas, impidiéndoles
participar de manera plena y significativa en los procesos electorales. La violencia, y
la amenaza de violencia, son los obstáculos más graves para la participación electoral
de las personas LGBT. En el presente informe, el Experto Independiente presta
especial atención a las diversas formas de discriminación y violencia por motivos de
orientación sexual o identidad de género, incluidas las que se entrecruzan con otras
formas de exclusión. El Experto Independiente identifica y explica distintos casos de
violencia política y discursos de odio motivados por prejuicios, y propone posibles
vías para prevenirlos y afrontarlos sistemáticamente. Además, el Experto
Independiente analiza los efectos discriminatorios que la legislación, los reglamentos
y los procedimientos administrativos tienen en la participación electoral de votantes
y candidatos, y propone soluciones.
4.
Las elecciones son procesos complejos en los que intervienen múltiples partes
interesadas a lo largo de un período prolongado 4. Los órganos de gestión electoral,
como las instituciones nacionales encargadas de gestionar las elecciones, deben
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1
2
3
4
24-12964
A/74/181, párr. 33.
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH),
“Joint statement of United Nations experts on strengthening democracy and human rights in a
year of worldwide elections”, 30 de abril de 2024.
Resoluciones de la Asamblea General 76/176, párr. 7 y 78/208, párr. 7.
Véase A/68/299 y A/HRC/38/34.
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