Medidas de transparencia y fomento de la confianza en las actividades relativas al espacio ultraterrestre A/RES/75/69 reconoció la necesidad de una mayor transparencia y confirmó la importancia de las medidas de fomento de la confianza como medio para reforzar el objetivo de prevenir la carrera armamentista en el espacio ultraterrestre, Observando los constructivos debates celebrados en la Conferencia de Desarme sobre esta cuestión y las opiniones expresadas por los Estados Miembros, Recordando que China y la Federación de Rusia presentaron en la Conferencia de Desarme un proyecto de tratado para la prevención del emplazamiento de armas en el espacio ultraterrestre y de la amenaza o el uso de la fuerza contra objetos situados en el espacio ultraterrestre 2, y que su versión actualizada 3 se presentó en 2014, Observando que, desde 2004, varios Estados 4 han adoptado una política de no convertirse en el primer Estado en emplazar armas en el espacio ultraterrestre, Lamentando que, debido a la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) y a los problemas de organización no resueltos de la Comisión de Desarme, su grupo de trabajo encargado de preparar recomendaciones sobre la aplicación práctica de las medidas de transparencia y fomento de la confianza en las actividades relativas al espacio ultraterrestre con el objetivo de prevenir la carrera armamentista en el espacio ultraterrestre no estuviera en condiciones de desempeñar su cometido, y destacando la importancia de que se reanuden sus deliberaciones, Reconociendo que la labor de la Comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos, su Subcomisión de Asuntos Científicos y Técnicos y su Subcomisión de Asuntos Jurídicos, incluida la promoción de la sostenibilidad a largo plazo de las actividades relativas al espacio ultraterrestre, desempeña un papel fundamental para aumentar la transparencia y el fomento de la confianza entre los Estados y asegurar que el espacio ultraterrestre se siga utilizand o con fines pacíficos, Observando la contribución realizada por los Estados Miembros que han presentado al Secretario General propuestas concretas sobre medidas internacionales de transparencia y fomento de la confianza en el espacio ultraterrestre, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 de la resolución 61/75, el párrafo 2 de la resolución 62/43, el párrafo 2 de la resolución 63/68 y el párrafo 2 de la resolución 64/49, Recordando la labor realizada en 2012 y 2013 por el Grupo de Expertos Gubernamentales sobre Medidas de Transparencia y Fomento de la Confianza en las Actividades relativas al Espacio Ultraterrestre, que fue establecido por el Secretario General, sobre la base de la distribución geográfica equitativa, para que realizara un estudio sobre medidas de transparencia y fomento de la confianza en las actividades relativas al espacio ultraterrestre, Recordando también el examen del informe del Grupo de Expertos Gubernamentales 5, así como las opiniones acerca de las modalidades para poner en práctica las recomendaciones que figuraban en dicho informe expresadas por la Comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos en su informe sobre su 58º período de sesiones, celebrado en 2015 6, en el que concluyó que la Comisión podía desempeñar un papel fundamental en el aumento de la __________________ 2 3 4 5 6 2/4 Véase CD/1839. Véase CD/1985. Argentina, Armenia, Belarús, Bolivia (Estado Plurinacional de), Brasil, Burundi, Camboya, Cuba, Ecuador, Federación de Rusia, Guatemala, Indonesia, Kazajstán, Kirguistán, Nicaragua, Pakistán, Sri Lanka, Suriname, Tayikistán, Uruguay, Uzbekistán, Venezuela (República Bolivariana de) y Viet Nam. A/68/189. Documentos oficiales de la Asamblea General, septuagésimo período de sesiones, suplemento núm. 20 (A/70/20). 20-16889

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