A/RES/70/179 Medidas para mejorar la coordinación de la lucha contra la trata de personas Recordando la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 5, el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 6 y contiene la definición del delito de trata de personas, el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño Relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía 7 y la Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a la Esclavitud 8, Tomando nota de la aprobación del Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el Trabajo Forzoso, 1930 (Núm. 29) de la Organización Internacional del Trabajo, en que se reconoce que la trata de personas con fines de trabajo forzoso u obligatorio suscita una creciente preocupación internacional, Recordando la aprobación en su resolución 64/293, de 30 de julio de 2010, del Plan de Acción Mundial de las Naciones Unidas para Combatir la Trata de Personas, y subrayando la importancia de su plena aplicación, Reafirmando que el Plan de Acción Mundial se elaboró para: a) Promover la ratificación universal de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, así como otros instrumentos internacionales pertinentes relativos a la trata de personas, y reforzar la aplicación de los instrumentos existentes contra la trata de personas, b) Ayudar a los Estados Miembros a reforzar sus compromisos políticos y sus obligaciones jurídicas en lo que respecta a prevenir y combatir la trata de personas, c) Promover respuestas amplias, coordinadas y sistemáticas en los planos nacional, regional e internacional para hacer frente a la trata de personas, d) Promover un enfoque basado en los derechos humanos que tenga en cuenta el género y la edad al hacer frente a todos los factores que contribuyen a que las personas sean vulnerables a la trata y fortalecer la respuesta de la justicia penal, lo cual es necesario para prevenir la trata de personas, pro teger a las víctimas y procesar a los autores, e) Crear mayor conciencia en el sistema de las Naciones Unidas y también entre los Estados y demás interesados, como el sector privado, la sociedad civil y los medios de comunicación internacionales y nacionales, así como el público en general, f) Promover la cooperación y la coordinación entre todos los interesados pertinentes, incluidos los Estados Miembros, las organizaciones internacionales, las organizaciones de la sociedad civil y el sector privado, así como en las diversas entidades del sistema de las Naciones Unidas, teniendo en cuenta las mejores prácticas existentes y las enseñanzas obtenidas, _______________ 5 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2225, núm. 39574. Ibid., vol. 2237, núm. 39574. 7 Ibid., vol. 2171, núm. 27531. 8 Ibid., vol. 266, núm. 3822. 6 2/8

Seleccionar párrafo de destino3