A/HRC/RES/58/15 concertados para lograr la paridad de género en los espacios internacionales de toma de decisiones, Reafirmando su compromiso colectivo de lograr la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y niñas como factores esenciales para alcanzar todos los Objetivos de Desarrollo Sostenible y sus metas, en particular el Objetivo 5, y destacando la importancia de la participación y el liderazgo igualitarios de las mujeres en los procesos de toma de decisiones, los puestos directivos de alto nivel, la formulación de políticas, la diplomacia y las negociaciones, Reconociendo la labor del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de promoción de la igualdad de género en la vida pública, política, social y económica, y tomando nota de su recomendación general núm. 40 (2024), relativa a la representación igualitaria e inclusiva de las mujeres en los sistemas de toma de decisiones, Poniendo de relieve la importancia de las medidas para garantizar la participación plena y efectiva de las mujeres y la igualdad de oportunidades de liderazgo en todos los niveles de la toma de decisiones en la diplomacia, incluidos los puestos de mayor nivel del sistema de las Naciones Unidas, y resaltando los continuos esfuerzos de los Estados miembros, las organizaciones internacionales y la sociedad civil para colmar la brecha de género con vistas a lograr la paridad de género en la diplomacia y el multilateralismo, 1. Insta a los Estados a que tomen todas las medidas apropiadas para garantizar a la mujer, en igualdad de condiciones con el hombre y sin discriminación alguna, la oportunidad de representar a su Gobierno en el plano internacional y de participar en la labor de las organizaciones internacionales; 2. Alienta a los Estados a que lleven adelante iniciativas nacionales, regionales e internacionales que promuevan el liderazgo de las mujeres en la diplomacia, entre otras cosas, programas de mentoría, reformas institucionales, recopilación y publicación de las estadísticas pertinentes, apoyo a las asociaciones de mujeres diplomáticas, formación para combatir los estereotipos de género y políticas inclusivas y multisectoriales para garantizar un progreso sostenible hacia la igualdad de género; 3. Exhorta a los Estados, las organizaciones internacionales y las partes interesadas pertinentes a que promuevan activamente y garanticen la participación y el liderazgo plenos, igualitarios, significativos y sin riesgo de las mujeres en todos los niveles de los foros multilaterales, a que adopten medidas para prevenir y responder al acoso sexual, la violencia y las conductas indebidas, también en el espacio digital, y a que aboguen por una representación igualitaria en los puestos de liderazgo, reconociendo al mismo tiempo el papel fundamental de las mujeres en el fomento de procesos multilaterales de toma de decisiones inclusivos, sostenibles y eficaces; 4. Decide conmemorar el Día Internacional de las Mujeres en la Diplomacia durante una mesa redonda en el debate anual de un día de duración sobre los derechos humanos de la mujer, que se celebrará durante los períodos de sesiones 59º, 62º y 65º del Consejo de Derechos Humanos e incluirá debates sobre la eliminación de la discriminación y los obstáculos estructurales que dificultan la participación y representación de las mujeres en la toma de decisiones; 5. Invita a todos los Estados, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales, las instituciones académicas, las asociaciones de diplomáticas y otras partes interesadas pertinentes, a participar en esta celebración; 6. Decide seguir estudiando la cuestión y examinar los progresos realizados en ulteriores períodos de sesiones del Consejo de Derechos Humanos. 57ª sesión 3 de abril de 2025 [Aprobada sin votación.] 2 GE.25-05422

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