A/RES/68/53
Naciones Unidas
Distr. general
11 de diciembre de 2013
Asamblea General
Sexagésimo octavo período de sesiones
Tema 99 i) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 5 de diciembre de 2013
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/68/411)]
68/53. Prohibición del vertimiento de desechos radiactivos
La Asamblea General,
Teniendo presentes las resoluciones CM/Res.1153 (XLVIII), de 1988 1, y
CM/Res.1225 (L), de 1989 2, relativas al vertimiento de desechos nucleares e
industriales en África, aprobadas por el Consejo de Ministros de la Organización de
la Unidad Africana,
Acogiendo con beneplácito la resolución GC(XXXIV)/RES/530, por la que se
establece el Código de Práctica sobre movimientos internacionales transfronterizos
de desechos radiactivos, aprobada el 21 de septiembre de 1990 por la Conferencia
General del Organismo Internacional de Energía Atómica en su 34ª reunión ordinaria,
Tomando nota de que los participantes en la Cumbre sobre la Seguridad
Tecnológica y Física en la Esfera Nuclear, celebrada en Moscú los días 19 y 20 de abril
de 1996, se comprometieron a prohibir el vertimiento de desechos radiactivos en
el mar 3,
Considerando su resolución 2602 C (XXIV), de 16 de diciembre de 1969, en la
que pidió a la Conferencia del Comité de Desarme 4, entre otras cosas, que examinara
métodos eficaces de control del empleo de los métodos radiológicos de guerra,
Consciente de los peligros que puede entrañar cualquier empleo de desechos
radiactivos que constituya un acto de guerra radiológica, y de sus consecuencias
para la seguridad regional e internacional, en particular para la seguridad de los
países en desarrollo,
_______________
1
Véase A/43/398, anexo I.
Véase A/44/603, anexo I.
3
A/51/131, anexo I, párr. 20.
4
La Conferencia del Comité de Desarme pasó a ser el Comité de Desarme a partir del décimo período
extraordinario de sesiones de la Asamblea General. El 7 de febrero de 1984 el Comité de Desarme pasó a
denominarse Conferencia de Desarme.
2
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*1344266*
Se ruega reciclar