A/RES/57/235
17. Toma conocimiento de las medidas relacionadas con la salud y el medio
ambiente que tienen efectos en las exportaciones, destaca que la adopción o la
aplicación de toda medida necesaria para proteger la vida o la salud de las personas,
los animales o las plantas no debe aplicarse de manera que constituya una
discriminación arbitraria o injustificada ni una restricción encubierta al comercio
internacional, y reconoce la importancia de prestar apoyo en forma de fomento de la
capacidad de los países en desarrollo a fin de que puedan establecer las medidas
apropiadas necesarias para cumplir normas que sean compatibles con la
Organización Mundial del Comercio;
18. Alienta el apoyo de medidas encaminadas a simplificar y a hacer más
transparentes los reglamentos y procedimientos nacionales que afectan al comercio
a fin de ayudar a los exportadores, en particular a los de los países en desarrollo;
19. Destaca la importancia de aumentar la participación de los países en
desarrollo en la labor de las organizaciones internacionales pertinentes dedicadas al
establecimiento de normas y de incrementar la asistencia técnica y el fomento de la
capacidad a este respecto;
20. Expresa su satisfacción por la revitalización y el incremento de la
cooperación entre la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y
Desarrollo y la Organización Mundial del Comercio, así como ante las iniciativas
conjuntas encaminadas a prestar asistencia técnica relacionada con el comercio,
exhorta a que se siga fortaleciendo esta cooperación, y destaca, a este respecto, la
importancia de continuar y mejorar la ejecución del programa de la Conferencia de
las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo de fomento de la capacidad y
cooperación técnica para los países en desarrollo, especialmente los países menos
adelantados, y los países con economías en transición, en apoyo de su participación
en el programa de trabajo de Doha de la Organización Mundial del Comercio 12;
21. Invita a este respecto a los donantes y a otros países que estén en
condiciones de hacerlo a que continúen proporcionando a la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo los recursos necesarios a fin de
prestar una asistencia eficaz e impulsada por la demanda a los países en desarrollo,
en especial a los menos adelantados, a los países con economías en transición, y a
los países con economías pequeñas y vulnerables, así como para que continúen y
aumenten sus contribuciones a los fondos fiduciarios del Marco Integrado de
asistencia técnica relacionada con el comercio para los países menos adelantados y
el Programa Integrado Conjunto de Asistencia Técnica, y a las actividades del
Centro de Comercio Internacional de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre
Comercio y Desarrollo y la Organización Mundial del Comercio;
22. Invita también a los donantes y a otros países que estén en condiciones
de hacerlo a que hagan contribuciones voluntarias al Fondo Fiduciario Global del
Programa de Doha para el Desarrollo de la Organización Mundial del Comercio, e
invita además a la Organización Mundial del Comercio a que coopere estrechamente
con otras organizaciones que posean los conocimientos técnicos necesarios y
ventajas comparativas para la prestación de asistencia técnica;
23. Invita a las instituciones financieras y de desarrollo bilaterales y
multilaterales a que, en cooperación con los gobiernos interesados y sus
instituciones financieras, amplíen y coordinen sus actividades, con mayores
recursos, para seguir apoyando las iniciativas nacionales encaminadas a beneficiarse
_______________
12
6
Véase UNCTAD/RMS/TCS/1.
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