Asistencia a los refugiados, los repatriados
y los desplazados en África
A/RES/74/131
de 1951, y del 50º aniversario de la Convención para Reducir los Casos de Apatridia,
de 1961 6,
Reconociendo los esfuerzos realizados por los Estados y los grupos regionales
desde la puesta en marcha de la campaña #IBelong para erradicar la apatridia y
proteger a los apátridas, así como los compromisos contraídos durante la serie de
sesiones de alto nivel sobre la apatridia convocada por la Oficina del Alto
Comisionado y las conclusiones de la Quinta Conferencia de Ministros Africanos
Responsables del Registro Civil, ambas celebradas en octubre de 2019,
Reafirmando su resolución 69/313, de 27 de julio de 2015, relativa a la Agenda
de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la
Financiación para el Desarrollo, que es parte integral de la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible 7, le sirve de apoyo y complemento, ayuda a contextualizar las
metas relativas a sus medios de implementación con políticas y medidas concretas y
reafirma el resuelto compromiso político de hacer frente al problema de la
financiación y de la creación de un entorno propicio a todos los niveles para el
desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundiales,
Tomando nota de la Cumbre Humanitaria Mundial, celebrada en Estambul
(Turquía) los días 23 y 24 de mayo de 2016, reconociendo al mismo tiempo que esta
concluyó sin producir un resultado acordado a nivel intergubernamental, y acogiendo
con beneplácito el compromiso de las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de África,
adoptado por la Unión Africana, en relación con el tema “Un África, una voz, un
mensaje en la Cumbre Humanitaria Mundial”,
1.
Toma nota de los informes del Secretario General 8 y del Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Refugiados 9;
2.
Exhorta a los Estados de África que aún no hayan firmado o ratificado la
Convención de la Unión Africana para la Protección y Asistencia a los Desplazados
Internos en África a que consideren la posibilidad de hacerlo lo antes posible para
que se aplique en forma más generalizada;
3.
Observa la necesidad de que los Estados de África, con el apoyo y la
colaboración de la comunidad internacional, se ocupen resueltamente de las causas
fundamentales de todas las formas de desplazamiento forzoso en África y fomenten
la paz, la estabilidad y la prosperidad en todo el continente africano;
4.
Recuerda el pacto mundial sobre los refugiados establecido en el informe
anual (parte II) del Alto Comisionado presentado en 2018 10 , afirmado el 17 de
diciembre de 2018 11, y exhorta a la comunidad internacional en su conjunto, incluidos
los Estados y otros interesados pertinentes, a que apliquen el pacto mundial a fin de
lograr sus cuatro objetivos en pie de igualdad, sobre la base del principio del reparto
de la carga y la responsabilidad, y en consonancia con los principios rectores y el
párrafo 4 del pacto mundial sobre los refugiados, por medio de acciones, promesas y
contribuciones concretas, en particular en el primer Foro Mundial sobre los
Refugiados, en diciembre de 2019, y solicita al Alto Comisionado que la informe
periódicamente sobre los progresos realizados;
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Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 989, núm. 14458.
Resolución 70/1.
A/74/322.
Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo cuarto período de sesiones,
suplemento núm. 12 (A/74/12).
Véase A/73/12 (Part II).
Véase la resolución 73/151.
19-22226