A/RES/64/167 Reconociendo que los actos de desaparición forzada son reconocidos en la Convención como crímenes de lesa humanidad, en determinadas circunstancias, Reconociendo también la valiosa labor que realiza el Comité Internacional de la Cruz Roja para promover el respeto del derecho internacional humanitario en este ámbito, Reconociendo además que la entrada en vigor de la Convención lo antes posible, mediante su ratificación por veinte Estados, y su aplicación contribuirán de manera significativa a poner fin a la impunidad y a promover y proteger todos los derechos humanos para todos, Acoge con beneplácito la aprobación de la Convención Internacional para 1. la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas 3; 2. Acoge con beneplácito también que ochenta y un Estados hayan firmado la Convención y dieciocho la hayan ratificado o se hayan adherido a ella, y exhorta a los Estados que aún no lo hayan hecho a que estudien la posibilidad de firmar y ratificar la Convención, o de adherirse a ella, como cuestión prioritaria, así como a considerar la opción que se establece en los artículos 31 y 32 de la Convención respecto del Comité contra la Desaparición Forzada, con miras a su entrada en vigor a más tardar en diciembre de 2009; 3. Acoge con beneplácito además el informe del Secretario General 4; 4. Solicita al Secretario General y a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que no cejen en sus intensos esfuerzos por ayudar a los Estados a pasar a ser partes en la Convención, a fin de lograr la adhesión universal; Solicita a los organismos y las organizaciones de las Naciones Unidas, e 5. invita a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y al Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias, a que sigan trabajando para difundir información sobre la Convención, promover su buen conocimiento, preparar su entrada en vigor y ayudar a los Estados partes a cumplir las obligaciones que han contraído con arreglo a dicho instrumento; Solicita al Secretario General que en su sexagésimo quinto período de 6. sesiones le presente un informe sobre la situación de la Convención y la aplicación de la presente resolución. 65ª sesión plenaria 18 de diciembre de 2009 _______________ 3 4 2 Resolución 61/177, anexo. A/64/171.

Seleccionar párrafo de destino3