Naciones Unidas
Asamblea General
A/HRC/RES/54/20
Distr. general
13 de octubre de 2023
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
54º período de sesiones
11 de septiembre a 13 de octubre de 2023
Tema 4 de la agenda
Situaciones de derechos humanos que
requieren la atención del Consejo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 12 de octubre de 2023
54/20.
Situación de los derechos humanos en Burundi
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos
Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos y otros instrumentos internacionales de
derechos humanos pertinentes,
Recordando las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 30/27, de 2 de
octubre de 2015, S-24/1, de 17 de diciembre de 2015, 33/24, de 30 de septiembre de 2016,
36/2, de 28 de septiembre de 2017, 36/19, de 29 de septiembre de 2017, 39/14, de 28 de
septiembre de 2018, 42/26, de 27 de septiembre de 2019, 45/19, de 6 de octubre de 2020,
48/16, de 8 de octubre de 2021, y 51/28, de 7 de octubre de 2022, así como todas las
resoluciones pertinentes de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad,
Recordando también el Acuerdo de Arusha para la Paz y la Reconciliación en
Burundi, que se basa en los principios de los derechos humanos y la justicia de transición y
sienta las bases para una paz duradera, la justicia, la reconciliación nacional, la seguridad y
la estabilidad en Burundi,
Reafirmando el pleno respeto de la soberanía, la independencia política, la integridad
territorial y la unidad nacional de Burundi,
Reafirmando también que los Estados tienen la obligación de respetar, proteger y
hacer efectivos todos los derechos humanos y libertades fundamentales,
Destacando que el Gobierno de Burundi tiene la responsabilidad primordial de velar
por la seguridad en su territorio y proteger a su población, respetando el derecho internacional
de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, según proceda,
Tomando en consideración que la comunidad internacional y el sistema de las
Naciones Unidas, incluidos el Consejo de Derechos Humanos y sus mecanismos, pueden
desempeñar un papel fundamental en el fortalecimiento de la protección de los derechos
humanos, en la prevención de las violaciones y conculcaciones de los derechos humanos y
en la mitigación de los riesgos de recrudecimiento de los conflictos y deterioro de las
situaciones humanitarias,
GE.23-19815 (S)
181023
201023