Naciones Unidas Asamblea General A/RES/55/64 Distr. general 26 de enero de 2001 Quincuagésimo quinto período de sesiones Tema 105 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/55/593)] 55/64. Fortalecimiento del Programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica La Asamblea General, Recordando su resolución 46/152, de 18 de diciembre de 1991, sobre la elaboración de un programa eficaz de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en virtud de la cual aprobó la declaración de principios y el programa de acción que figuraban en el anexo de esa resolución, Poniendo de relieve el papel que cabe a las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, concretamente en lo que respecta a la reducción de la delincuencia, una mayor eficacia y eficiencia en la aplicación de la ley y la administración de justicia, el respeto de los derechos humanos y la promoción de las más altas normas de equidad, humanidad y conducta profesional, Convencida de la conveniencia de una coordinación y cooperación más estrechas entre los Estados en la lucha contra el delito, incluso los delitos relacionados con las drogas, tales como el blanqueo de dinero, el tráfico ilícito de armas y las acciones terroristas y teniendo presente el papel que podrían desempeñar a ese respecto tanto las Naciones Unidas como las organizaciones regionales, Reconociendo la necesidad urgente de aumentar las actividades de cooperación técnica para ayudar a los países, en particular a los países en desarrollo y a los países con economías en transición, en la labor de llevar a la práctica las directrices normativas de las Naciones Unidas, Reconociendo también la necesidad de que en la capacidad de cooperación técnica del Centro de las Naciones Unidas para la Prevención Internacional del Delito de la Oficina de las Naciones Unidas de Fiscalización de Drogas y Prevención del Delito se mantenga un equilibrio entre la prioridad inmediata que reviste la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 1 y sus protocolos y otras prioridades indicadas por el Consejo Económico y Social, 1 00 56326 Aprobada por la Asamblea General en su resolución 55/25 de 15 de noviembre de 2000 (anexo I).

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