A/RES/55/203 Celebrando la aprobación en Aruba, el 16 de octubre de 1999, del Protocolo relativo a la contaminación procedente de fuentes y actividades terrestres 7 del Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino en la Región del Gran Caribe, Celebrando también la entrada en vigor, el 18 de junio de 2000, del Protocolo relativo a las áreas y a la flora y fauna silvestres especialmente protegidas7 del Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino en la Región del Gran Caribe, Recordando la labor realizada en esta esfera por la Organización Marítima Internacional, Considerando que la zona del Mar Caribe abarca un gran número de Estados, países y territorios, en su mayoría países en desarrollo y pequeños Estados insulares en desarrollo, que son ecológicamente frágiles, estructuralmente débiles y económicamente vulnerables y que, además, se ven afectados, entre otras cosas, por su escasa capacidad y reducida base de recursos, su necesidad de recursos financieros, sus altos niveles de pobreza y los consiguientes problemas sociales, así como por los problemas y las oportunidades que entrañan la mundialización y la liberalización del comercio, Reconociendo que el Mar Caribe se caracteriza por una diversidad biológica singular y un ecosistema sumamente frágil, Subrayando que los países del Caribe son muy vulnerables por efecto del cambio y la variabilidad climáticos, fenómenos conexos como la elevación del nivel del mar, el fenómeno de El Niño/Oscilación Austral y el aumento de la frecuencia e intensidad de las catástrofes naturales causadas por huracanes, inundaciones y sequías, y que también están expuestos a desastres naturales como los que ocasionan los volcanes, los tsunamis y los terremotos, Acogiendo con beneplácito el establecimiento del grupo de trabajo sobre el fenómeno de El Niño/La Niña en el marco del Equipo de Tareas Interinstitucional sobre la reducción de los desastres naturales, Teniendo presente que la mayoría de las economías del Caribe dependen en gran medida de sus zonas costeras, así como del medio marino en general, para satisfacer sus necesidades en materia de desarrollo sostenible y lograr sus objetivos en esa esfera, Tomando nota del proceso denominado Perspectivas Ambientales del Caribe, emprendido por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, y expresando su satisfacción por el apoyo que brinda para su aplicación en el marco de su Programa sobre el medio ambiente del Caribe, Reconociendo que el uso intensivo del Mar Caribe para el transporte marítimo, así como el gran número y el carácter independiente de las zonas marítimas sujetas a la jurisdicción nacional, en las que los países del Caribe ejercen sus derechos y obligaciones con arreglo al derecho internacional, plantean un difícil problema para la ordenación eficaz de los recursos, Observando el problema de la contaminación marina procedente, entre otras cosas, de fuentes terrestres y la constante amenaza de contaminación que 7 2 Véase www.cep.unep.org/law.

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