A/RES/51/21 Página 2 Tomando nota también de las medidas adoptadas recientemente por los Gobiernos miembros de la Organización de Cooperación Económica para revitalizar a esa organización mediante la adopción de un nuevo estatuto de la organización y otros documentos conexos relativos a su reorganización y reestructuración, Convencida de que el mantenimiento y la intensificación ulterior de la cooperación entre el sistema de las Naciones Unidas y la Organización de Cooperación Económica fomentan la aplicación de las metas y principios de la Organización, 1. Toma nota de la decisión de los Jefes de Estado y de Gobierno de los Estados miembros de la Organización de Cooperación Económica, por la que acogen con beneplácito la aprobación de la resolución 50/1 de la Asamblea General sobre cooperación entre las dos organizaciones y aprueban los acuerdos de cooperación concertados por la Organización de Cooperación Económica con diversas organizaciones del sistema de las Naciones Unidas con objeto de abordar en forma conjunta la labor de ejecución de los proyectos y programas económicos de la Organización de Cooperación Económica; 2. Toma nota con satisfacción del informe del Secretario General1 sobre la aplicación de la resolución 50/1 de la Asamblea General, e invita al Secretario General de las Naciones Unidas a que, en consulta con el Secretario General de la Organización de Cooperación Económica, prosiga sus esfuerzos orientados a promover y a ampliar la cooperación y la coordinación entre las dos secretarías a fin de aumentar la capacidad de las dos organizaciones de alcanzar sus objetivos comunes; 3. Acoge con beneplácito la inauguración de la línea ferroviaria Tejan-Sarakh-Mashad, que ilustra la importancia de los distintos enlaces por carretera y ferroviarios existentes o que se están construyendo, para dar a los países sin litoral de la región de la Organización de Cooperación Económica mayor acceso a los puertos del Océano Indico, el Golfo Pérsico, el Golfo de Omán, el Mar Caspio, el Mar Negro, el Mar Mediterráneo y el Mar Egeo; 4. Insta a los organismos especializados y a las demás organizaciones y programas del sistema de las Naciones Unidas a que inicien, mantengan y promuevan consultas y programas con la Organización de Cooperación Económica y sus instituciones asociadas con miras al logro de sus objetivos; 5. Toma nota de la resolución 52/11 de la Comisión Económica y Social para Asia y el Pacífico, de 24 de abril de 19962, relativa al fortalecimiento de la cooperación económica subregional entre los países sudoccidentales miembros de la Comisión, incluidos los países miembros de la Organización de Cooperación Económica, en la que se pide a la Comisión que promueva la cooperación económica y técnica en las esferas del comercio, las inversiones y el transporte y las comunicaciones entre los países miembros de la Organización de Cooperación Económica, y de la solicitud que se hace al Secretario Ejecutivo de la Comisión de que informe a la Comisión en su 54º 1 A/51/265 y Add.1. 2 Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1996, Suplemento No.16 (E/1996/36), cap. IV. /...

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