A/RES/54/122
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Profundamente preocupada porque persiste la disparidad entre los géneros en la educación, como queda
de manifiesto en el hecho de que casi dos tercios de los analfabetos adultos del mundo son mujeres,
Convencida de que la alfabetización, en particular la alfabetización funcional, y una educación de
calidad representan una necesidad para todos durante toda la vida, constituyen una inversión en capital
humano y social y un importante medio de emancipación,
Recordando su resolución 53/153, de 9 de diciembre de 1998, titulada “Decenio de las Naciones Unidas
para la educación en la esfera de los derechos humanos, 1995–2004, y actividades de información pública
en la esfera de los derechos humanos”,
Segura de que el Año Internacional de la Alfabetización y la Conferencia Mundial sobre Educación para
Todos celebrada en Jomtien (Tailandia) en 1990 han dado lugar a una mayor conciencia de la labor en pro
de la alfabetización y a un mayor apoyo de esa labor y han imprimido un nuevo rumbo a la lucha por un
mundo alfabetizado,
Subrayando la importancia de mantener y ampliar los progresos logrados desde el Año Internacional
de la Alfabetización y la Conferencia de Jomtien,
Acogiendo con beneplácito la Reafirmación de Ammán, aprobada en la Reunión de Mediados del
Decenio del Foro Consultivo Internacional sobre Educación para Todos, celebrada en Ammán del 16 al 19 de
junio de 19964, el informe de la Comisión Internacional sobre la Educación para el siglo XXI a la
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura5 y la Declaración de
Hamburgo sobre la Educación de los Adultos, aprobada en la Quinta Conferencia Internacional sobre la
Educación de los Adultos, celebrada en Hamburgo (Alemania), del 14 al 18 de julio de 19976,
Reconociendo que, a pesar de los importantes avances realizados en la enseñanza básica, especialmente
el aumento de la matriculación en la escuela primaria y la creciente importancia atribuida a la calidad de la
educación, existen aún importantes problemas, nuevos o de larga data, que exigen una acción aún más
resuelta y concertada a nivel nacional e internacional para alcanzar el objetivo de la educación para todos,
Instando a los Estados Miembros a que, en estrecha asociación con organizaciones internacionales y
no gubernamentales, promuevan el derecho a la educación para todos y establezcan condiciones para que el
aprendizaje esté al alcance de todos durante toda la vida,
1.
4
Toma nota del informe provisional del Secretario General y del Director General de la
A/52/183–E/1997/74, anexo.
5
Learning: The Treasure Within (París, UNESCO, 1996).
Véase Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, documento
ED/MD/101, parte III.
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